Avalúos de Bienes Inmuebles Solicitados por Entidades Estatales

Este servicio se presta a solicitud de las instituciones que desean llevar a cabo alguna transacción con determinado bien inmueble, a saber:1. Cuando se solicita el avalúo de un bien inmueble estatal para darlo en arrendamiento, compraventa, permuta, etc.2. Cuando a solicitud de una institución estatal se avalúa un bien inmueble particular que va a ser adquirido en arrendamiento, compraventa, permuta, etc. por la institución.

Requisitos

Particular

  • Solicitud de la entidad pública, a través de su representante legal, especificando.
  • Plano de la ubicación regional o croquis descriptivo del terreno que permita la diligencia de inspección e inventario.
  • Plano de las edificaciones de contar con los mismos, en los casos donde existan mejoras.
  • Dirección de la institución y del funcionario responsable de la solicitud.
  • La institución o entidad pagará el monto del servicio de acuerdo a proforma de cobro emitida adjunto a la nota remisoria.
  • En concepto de manejo de documentos se deberá pagar con cheque certificado dirigido al Tesoro Nacional.
  • Si la propiedad se encuentra ubicada fuera del área de la ciudad, la entidad deberá pagar los viáticos de movilización.

Observaciones

El Costo será de acuerdo al área y según tarifa vigente, a saber:
Avalúos de Entidades Autónomas, Semiautónomas y Municipios:

  • Fincas cuyo valor sea menor de B/.30,000.00
  • Fincas cuyo valor sea igual o mayor de B/.30,000.00
    Tarifa Mínima: B/.50.00
    Tarifa según la siguiente fórmula:T= B/.0.30 X Ö V
    T= B/.0.30 X Ö V T: Tarifa V : Valor del Inmueble
  • Según la tabla vigente de la Contraloría General de la República

    *Los gastos de alimentación y alojamiento de los peritos
    *Gastos de transporte

    Base legal

    Decreto Ejecutivo 34 de 1985, modificado por el Decreto Ejecutivo 478 de 11 de noviembre de 2011, artículo Tercero-A.

    Localización

    Dirección

    PH Republic, Vía España (diagonal a la Iglesia del Carmen)

    Horario de atención

    El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

    Orientación

    Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

    Asistencia: Trámite Express

    Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

    Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:17 pm.

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