Denuncia por discriminación

Los proveedores deberán abstenerse de desplegar conductas discriminatorias que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes,vejatorias o intimidatorias de ningún tipo. Se prohíbe toda discriminación al consumo de bienes o servicios entendiéndose por tal, la injustificada y arbitraria negativa o proveer un producto a prestar un servicio o que proveyéndolo se haga condiciones distintas a las dadas a otros consumidores, así como la prestación de servicios en forma irregular o dilatoria, salvo que mediaren causas justificadas, caso fortuito o de fuerza mayor debidamente comprobables.

Requisitos

Básicos

  • Informar nombre del establecimiento.
  • Informar dirección específica del establecimiento.
  • Completar formulario.

Observaciones

Si desea hacernos llegar alguna denuncia, puede ponerse en contacto con nosotros llamando por teléfono fijo al 130 o al Centro de Atención Ciudadana 311.

Base legal

Ley 45 del 31 de octubre de 2007. Ley 6 del 16 de junio de 1987. Ley 134 del 31 de diciembre de 2013.

Localización

Dirección

Sede Principal: Vista Hermosa, Plaza Córboba, local 6, planta baja.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:27 pm.

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