El Estudio de Impacto Ambiental Categoría I, se constituirá en una declaración jurada debidamente notariada.
El propósito de este estudio es garantizar una adecuada y fundada predicción, identificación e interpretación de los impactos ambientales que genere el proyecto, como así mismo la idoneidad técnica de las medidas propuestas para evitar, reducir, corregir, compensar y controlar los impactos adversos significativos.
Requisitos
Particular
- Memorial petitorio dirigido al Administrador General del Ambiente (MIAMBIENTE).
- Memorial es un escrito dirigido a la autoridad competente.
- Copia del certificado de inscripción en el Registro Forestal.
- La identificación de los impactos ambientales específicos, su carácter, grado de perturbación, importancia ambiental, riesgo de ocurrencia, extensión de área, duración y reversibilidad, entre otros.
- Una declaración jurada del Promotor del proyecto correspondiente, confirmando la veracidad de la información presentada y que efectivamente el proyecto se ajusta a la normativa ambiental y/o no produce impactos ambientales negativos significativamente.
- La descripción del proyecto, en la que se indiquen sus características principales, localización, sus actividades en las etapas de planificación, construcción, operación y abandono, y los aspectos involucrados en cuanto a infraestructura, proceso p.
- La descripción del área de influencia del proyecto, considerando las características de los componentes del ambiente involucrados (ubicación geográfica, tipo de paisaje, elementos y valores naturales y humanos existentes, y grado de intervención an.
Observaciones
Las actividades, obras o proyectos, públicos o privados, que por su naturaleza, características, efectos, ubicación o recursos pueden generar riesgo ambiental, requerirán de un estudio de impacto ambiental previo al inicio de su ejecución, de acuerdo con la reglamentación de la presente Ley.
Estas actividades, obras o proyectos, deberán someterse a un proceso de evaluación de impacto ambiental, inclusive aquellos que se realice; en la cuenca del Canal y comarcas Indígena.
Base legal
Documento aplicable a los proyectos incluidos en la lista taxativa prevista en el artículo 14 del decreto ejecutivo no. 59 de 16 de marzo de 2000, que no generan impactos ambientales significativos o cumplen con la normativa ambiental existente, y que no conllevan riesgos ambientales.
Localización
- Institución: Ministerio de Ambiente
- Departamento: Dirección de Evaluación y Ordenamiento Ambiental
Dirección
Dirección Nacional de Evaluación y Ordenamiento Ambiental.
Sede Principal Edificio 804 Albrook, Panamá.
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 20 de Agosto de 2019 a las 09:48 am.
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