Indemnización a Fincas Afectadas por Mejoras u Obras Construida

Este servicio consiste en indeminización o pago por daños a la propiedad privada ocasionados por mejoras u obras construidas bajo el sistemade valorización, previo cumplimiento con el artículo 47 y 49 de la ley 94 del 4 de octubre de 1973, la ley 51 del 27 de noviembre de 1979 y la ley 18 del 26 de junio de 1980. La Dirección General de Valorización presenta el informe con las atenuantes a la comisión de valorización para su evaluación y decisión sobre la indeminización respectiva (la forma de pago y período filscal).

Requisitos

Básicos

  • El solicitante presenta a la Dirección de Valorización el plano del área afectada, aprobado por catastro. Se procede, a través del Ministerio de Obras Públicas, a solicitar el avalúo correspondiente en la Dirección General de Catastro del Ministe.

Localización

Dirección

Curundú, Edificio nº 1015; Depto. de Apremio

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:34 pm.

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