Este tramite se realiza para crear una Fundación de Interés Privado en el Registro Público
Requisitos
Persona Jurídica
- Llevar comprobante de Tasa Única.
- Comprobante de Tasa Única, si las partes son sociedades Anónimas o Fundaciones de Interes Privado.
Básicos
- Entregar escritura.
- La Minuta aprobada, se envía a Notaría para protocolizarla se le conoce como escritura.
Observaciones
La Fundación de Interés Privada panameña obtiene su personalidad jurídica mediante la inscripción del Acta Fundacional en el Registro Público.
Base legal
Ley 25 del 12 de junio de 1995 Por cual se regulan las fundaciones de interes privado.
Localización
- Institución: Registro Público de Panamá
Dirección
Vía España calle 67A,
Frente a la Clínica Hospital San Fernando,
Ciudad de Panamá.
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:34 pm.
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