Es un programa especial de asistencia económica para personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza extrema, el cual otorga un apoyo económico de B/. 80.00 mensuales, que les permite acceder a los servicios a los servicios básicos de salud, educación y asistencia a los centros de rehabilitación integral para mejorar su calidad de vida.
Requisitos
Básicos
- Ser panameño o hijo de panameños.
- Tener una discapacidad severa en condición de dependencia.
- Encontrarse en condición de pobreza extrema.
- Completar Ficha única de Protección Social, firmada por el beneficiario y/o su representante legal.
- En caso de que no sepa firmar, se debe estampar su huella digital y la firma a ruego.
- Presentar certificado de nacimiento o cédula de identidad personal del Beneficiario y cédula del Representante Legal.
- Diagnóstico médico emitido por una estancia de salud pública.
Observaciones
Corresponsabilidades: El representante legal deberá procurar una compensación estructural de beneficiario activo, a fin de que este no sea excluido de los beneficios de los servicios públicos. Para ello, ambos deberán cumplir una de las siguientes alternativas según la condición de discapacidad. – Asistir regularmente a los servicios de salud para revisiones periódicas, siempre que la condición de discapacidad severa se lo permita. Los beneficiarios cuya condición de discapacidad severa no les permita asistir a los servicios de salud podrán ser visitados por el equipo técnico. – Asistir al centro de rehabilitación integral del área, si ha sido referido por las autoridades de salud competentes. – Acceder a los servicios del sistema educativo, si se trata de menor de edad con discapacidad severa. – Participar en charlas, cursos y seminarios de orientación psicológica, de salud y de otros, destinados a la atención de la discapacidad, organizados por el Estado en su beneficio y dictados en las áreas cercanas a su residencia o lugar de pago. – Las corresponsabilidades que se aplicarán al beneficiario las establecerá el equipo técnico al momento de la visita en el sitio. Incumplimiento de las Corresponsabilidades Si el Beneficiario o su Representante Legal no cumplen las corresponsabilidad en un período semestral, se genera una acción de acompañamiento familiar. De mantenerse el incumplimiento se evaluará el cambio de Representante Legal.
Base legal
La Ley N° 39 de 14 de junio de 2012, crea un programa especial de asistencia económica para las Personas con Discapacidad Severa en condición de dependencia y pobreza extrema. El Decreto Ejecutivo 255 del 28 de agosto del 2015 por el cual se crea la Dirección de Inclusión y Desarrollo Social como unidad adscrita al MInisterio de Desarrollo Social y se define su estructura administrativa institucional. La ley 54 del 8 de noviembre del 2016 que crea el Registro Nacional del Beneficiario y dicta otras disposiciones. La Resolución N.544 del 14 de noviembre de 2016, por medio de la cual se establecen los mecanismos de clasificación y recertificación de los Beneficiarios o potenciales Beneficiarios de los Programas de Transferencias Monetaria Condicionada como personas en Pobreza o Pobreza Extrema.
Localización
- Institución: Ministerio de Desarrollo Social
- Departamento: Secretaria Ejecutiva del Programa Ángel Guardián
Dirección
Plaza Edison, Panamá,
Segundo Piso, Estacionamientos.
Teléfono/s: +(507) 500-6075, +(507) 500-5867, +(507) 500-1225
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:34 pm.
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