Licencia de Corredor de Seguros

Para optar por una licencia de corredor de seguros es necesario cumplir con los requisitos que se detallan a continuación, los cuales deben ser presentados para realizar el examen de conocimientos (en la sección de vida o generales).

Luego de aprobar el examen y ser notificada a las Compañías de Seguros, el aspirante a corredor de seguros, tiene sesenta (60) días para presentar los documentos correspondiente al pago de la fianza por B/.10000.00* y B/.50.00 en concepto de pago de la tasa anual**.

Requisitos

Solicitantes (Ramo de Generales y Fianzas)

  • Presentar el certificado o diploma del curso de capacitación.

Solicitantes (Ramo de Vida)

  • Dos certificaciones de buena conducta y honorabilidad expedidas por empresas aseguradoras o por miembros de los gremios profesionales de corredores de seguros.

Básicos

  • Cédula de Identidad Personal Vigente.
  • Diploma de culminación de estudios secundarios.
  • Solicitud de licencia de corredor de seguros en hoja de papel sellado o papel simple habilitado.
  • Ser ciudadano panameño domiciliado en la República de Panamá o extranjero que llene los requisitos del artículo 288 de la Constitución Política.
  • Juramentación de no ser empleado de compañía de reaseguros, instituciones bancarias, fiduciarias, financieras, crediticias y no ser ni ajustador ni inspector de averías.
  • Dos fotografías tamaño carné.
    • Las mismas no son tomadas en la institución.
  • Fianza por Diez Mil Balboas (B/.10, 000), a favor del Tesoro Nacional.
    • Artículo 95 de la Ley 59 de 29 de julio de 1996.
  • Tasa Anual de Cincuenta Balboas (B/.50.00).
    • Artículo 33 de la ley 59 de 29 de julio de 1996.

Base legal

Articulo 90 de la Ley 59 de 29 de julio de 1996.

Localización

Dirección

Área Bancaria, Superintendencia de Seguros y Reaseguros

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:36 pm.

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