Licencia de Radio de Aeronave

Todo operadory/o explotador de una aeronave nueva o usada, que haya cumplido con los requisitos de aeronavegabilidad para el otorgamiento de un Certificado de Aeronavegabilidad y esté inscrito en el Registro administrativo aeronáutico de la República de Panamá debe solicitar al Departamento de Aeronavegabilida la Licencia de Radio de Aeronave

Requisitos

Básicos

  • Llenar debidamente el formulario AAC/AIR/0315 Solicitud para la Licencia de Radio de Aeronave.

Base legal

Artículo 26 de la Ley 21 de 29 de enero de 2003, Libro XIV, Parte I, Artículo 256 y 267, Parte II, Artículo 19 del RACP y el Manual de Procedimientos del Departamento de Aeronavegabilidad

Localización

Dirección

Albrook, Edif. 805, 2do Piso Dirección de Seguridad Aérea Departamento de Aeronavegabilidad

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:38 pm.

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