Se atenderá y asegurará a los ciudadanos el ejercicio legítimo de los siguientes derechos: Recibir orientación e información oportuna en cuanto a los requisitos y actuaciones jurídicas que se surtan en la institución.
Requisitos
Persona Natural
- Documento Escrito.
- La orientación ciudadana, es una petición sencilla, que podrá solicitarle bajo los mismos requisitos de una petición.
El documento deberá detallar:
1. Funcionario u organismo al que se dirige.
2. Nombre y señas particulares de la persona que presenta el escrito, que deben incluir su residencia, oficina o local en que puede ser localizada, y de ser posible, el número del teléfono y de fax respectivo.
3. Lo que se solicita o pretende.
4. Relación de los hechos fundamentales en que se basa la petición.
5. Fundamento de derecho, de ser posible.
6. Pruebas que se acompañan y las que se aduzcan para ser practicadas.
7. Lugar, fecha y firma de la persona interesada.
Base legal
Artículos 3, numeral 6 y artículo 4 numeral 4, artículo 74 de la Ley 38 de 2000.
Localización
- Institución: Procuraduría de la Administración
- Departamento: Secretaría de Consultas y Asesoría Jurídica / Secretaría de Asuntos Municipales
Dirección
Calle 34, Ave. Cuba, La Exposición Antiguo Palacio de Artes.
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:40 pm.