Programa que ofrece el beneficio de dispensar o disminuir el pago de la multa o sanción, al primer agente económico que aporte elementos de prueba, que denoten su participación en una presunta práctica monopolística absoluta.
Dichos elementos de prueba, deberían servir de base para que, eventualmente, ACODECO pueda accionar y demandar la práctica anticompetitiva ante los tribunales especializados de comercio, siempre que el agente económico no sea el líder del mercado y no sea el instigador de la práctica.
Requisitos
Básicos
- Llenar el Formulario de Solicitud del Programa de Clemencia.
- Este formulario debe estar debidamente completado.
- Descargar Formulario de Solicitud del Programa de Clemencia.
- Elementos de pruebas suficientes que permitan a ACODECO accionar ante los tribunales especializados en materia de libre competencia.
Beneficios
- a. Dispensar o disminuir el pago de la multa o sanción.
- b. Garantizar la confidencialidad de la identidad del agente económico y documentación aportada.
Condiciones para mantener los beneficios
- a. Que el agente económico solicitante no desconozca su participación.
- b. Cooperación continúa del agente económico solicitante con la ACODECO durante la fase previa a la presentación de la demanda y colaborar con los tribunales especializados de comercio en la etapa judicial.
- c. Que, de ser el caso, el agente económico solicitante ponga fin a la práctica de la cual es parte, inmediatamente después de presentada la solicitud.
- d. Privarse de divulgar que ha solicitado acogerse al programa hasta que la ACODECO haya demandado ante los tribunales o haber ordenado el archivo de los antecedentes de la solicitud.
Observaciones
La solicitud y elementos de pruebas deben ser ingresados en un sobre cerrado debidamente sellado y ser presentado ante el Jefe del Departamento de Investigación de la Competencia de la ACODECO.
ACODECO podrá rechazar la solicitud si considera que no se presentaron elementos de pruebas suficientes.
Enlaces de interés
- Formulario de Solicitud
- Guía del Programa de beneficio de dispensación o disminución de sanciones
- Vídeo del Programa de Clemencia
Tiempo del trámite
En un período no mayor de 15 días hábiles, por medio de Resolución debidamente motivada y firmada por el Administrador de la ACODECO, en la cual se indica si el agente económico solicitante ha sido admitido o rechazado en el Programa.
Base legal
- Ley 45 del 31 de octubre de 2007.
- El programa de Clemencia está contemplado en el artículo 104, de la ley 45 de 31 de octubre de 2007, «Que dicta normas sobre Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia».
- El Decreto Ejecutivo No. 8-A de 22 de enero de 2009, artículo 31, que trata sobre beneficio de reducción de sanciones.
- Resolución No. A-064-15 de 10 de julio de 2015 que aprueba la Guía del Programa de Beneficios de Dispensación o Disminución de Sanciones (Clemencia).
Ámbito de aplicación
El programa de Clemencia es aplicable a todo agente económico que incurra en una presunta práctica monopolística absoluta que surta sus efectos en la República de Panamá, indistintamente del lugar en donde se perfeccione.
Localización
Dirección
Oficinas Centrales.
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 20 de Agosto de 2019 a las 03:47 pm.
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