Las empresas manufactureras y turísticas con Contrato con la Nación debían constituir fianza en efectivo o en Bonos del Estado para garantizar el fiel cumplimiento del Contrato. Una vez el Contrato les haya vencido pueden solicitar la devolución de la fianza de garantía de cumplimiento.
Éste trámite es solicitado por Empresas con Contrato con la Nación basándose en el Decreto de Gabinete 413 de 30 de diciembre de 1970 para las industrias manufactureras y al Decreto Ley N°26 de 27 de 1967, Decreto de Gabinete N°77 de 18 de marzo de 1971 y Decreto de Gabinete N°102 de 20 de junio de 1972 para empresas turísticas.
Requisitos
Empresas inscritas en el Registro Oficial de la Industria Nacional
- Declaración Jurada y Poder.
- Declaración Jurada del Tesorero de la sociedad solicitante, que contenga un listado con el nombre y cédula de las personas naturales que controlan el (100%) de las acciones o cuotas de participación al momento de la solicitud.
Poder para los trámites pertinentes ante ASEP, copia de la cédula del Represntante Legal, certificado de Registro Público original donde conste la existencia de la sociedad. - Poder a favor del abogado.
- Presentar los Estados Financieros de la empresa (últimos o más recientes).
- Solicitud en Papel Habilitado o Memorial petitorio con B/. 4.00 dólares en timbres fiscales, en hojas 8 ½ x 13 .
- Copia de la última planilla Pre-elaborada de la Caja de Seguro Social.
- Fotocopia autenticada de la cédula de identidad personal del representante legal.
- Certificación de la Contraloría General de la República en donde describa los bonos depositados en dicha entidad.
Observaciones
Tiempo aproximado del trámite 2 meses.
Localización
- Institución: Ministerio de Comercio e Industrias
- Departamento: Dirección General de Industrias
Dirección
Ave. Ricardo J. Alfaro, Plaza Edison, Tercer piso, Dirección General de Industrias
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:53 pm.
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