La Secretaría Nacional de Discapacidad, comprometida en dar fiel cumplimiento con lo que establece la Ley 42 de Equiparación de Oportunidades, incorpora a la Ley 23, que la creó como Entidad Autónoma del Estado, disposiciones legales para que se cree un Fondo Rotativo de Discapacidad cuyo propósito es destinar y administrar Fondos del Estado, dirigidos al financiamiento, adquisición y otorgamiento de ayudas técnicas para personas con discapacidad que lo necesiten y lo soliciten, mediante una serie de requisitos y documentación básicos para garantizar la transparencia. Este financiamiento puede ser total o parcialmente y proporciona ayudas y/o auxiliares técnicos a las personas con discapacidad con el objetivo de que éstas mejoren su funcionalidad. De esta forma estamos sentando las bases para alcanzar una verdadera inclusión social de este sector poblacional, equiparando oportunidades y contribuyendo al mejoramiento de su calidad de vida. Objetivos del Programa:
- Promover la utilización de las ayudas técnicas para facilitar a la persona con discapacidad el acceso a todos los ambientes.
- Alcanzar su autonomía, independencia, productividad, mayor participación, goce de una vida familiar.
- Favorecer acceso a las ofertas públicas, educación empleo y una inclusión social plena.
¿Qué son las ayudas auxiliares y técnicas? Las ayudas auxiliares y técnicas son los elementos técnicos que requieren las personas con discapacidad para mejorar su funcionalidad y garantizar su autonomía. Son los productos, equipos, instrumentos y servicios tecnológicos para prevenir, compensar o neutralizar la deficiencia, discapacidad o minusvalía; son elementos básicos para la autonomía personal y para contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad. La reglamentación de la Ley No. 23 contempla en el Artículo 31 que se considerarán ayudas auxiliares y técnicas: órtesis, prótesis, audífonos, implanten cocleares, lentes, bastones, andaderas, muletas, sillas de ruedas, coches ortopédicos, sillas o tinas de baño, sillas sanitarias, camas especiales, accesorios de informática, accesorios para comunicación alternativa y otras que faciliten las actividades de la vida diaria de la persona con discapacidad. Los Criterios Técnicos para acceder a una Ayuda se deben de basar en las siguientes recomendaciones:
Localización
- Institución: Secretaría Nacional de Discapacidad
Dirección
Ave. Williamson Place, La Boca, Ancón, No. 0766
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:57 pm.