Visita de Abogados

El Sistema Penitenciario Nacional, garantizará el derecho que tiene toda persona privada de libertad a recibir las visitas necesarias de su abogado, así como a la confidencialidad de las entrevistas.

Requisitos

Abogados

  • El Abogado al presentarse al centro penitenciario deberá:
    • Mostrar el documento oficial que le acredite como idóneo para el ejercicio de la profesión de abogado. Presentar una copia del Poder que le acredita como abogado y defensor del privado de libertad (no se le exigirá a los abogados que acudan a visitar al privado de libertad para la tramitación de los negocios jurídicos de distinta naturaleza o cuando sea una entrevista de consulta).
  • Pasantes de Abogados.
    • Los abogados podrán solicitar permiso para ingreso de pasantes y los mismos serán autorizados por la Dirección General del Sistema Penitenciario.
      A los pasantes únicamente se les permitirá tramitar documentos ante la Dirección y la Oficina Judicial del respectivo centro penitenciario, cuando el abogado no pueda presentarse y en ningún momento se entrevistarán con los privados de libertad.

Observaciones

Restricciones: Las visitas de abogados podrán ser restringidas o suspendidas en los siguientes supuestos: Cuando los comunicantes observen un comportamiento inapropiado que atente contra la ética, la moral y la seguridad. Por razones de seguridad. Prohibiciones: Queda terminantemente prohibido a los abogados: Entrar a la zona de seguridad interna de los centros penitenciarios con altas sumas de dinero, bolsas de supermercado y celulares.

Base legal

Ley N° 55 de 30 de julio de 2003 que Reorganiza el Sistema Penitenciario, Decreto Ejecutivo N° 393 de 25 de julio de 2005.

Localización

Dirección

Dependencia / Centro Penitenciario donde se ubique el Privado de Libertad

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 08:09 pm.

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