Afiliación de Compañera o Concubina

Es el acto formal de incorporación de la compañera o concubina que conviva con el asegurado cotizante y depende económicamente de él.

Requisitos

Básicos

  • No debe existir impedimento legal para contraer matrimonio y que haya convivido por lo menos 9 meses lo cual deberá comprobarse ante la Institución.
  • La concubina o compañera deberá depender económicamente del asegurado si la misma no cotiza en la Caja de Seguro Social.
  • Carné de Seguro Social del Compañero o Concubino.
  • Cédula original de ambos.
  • Tres (3) declaraciones Extrajuicio rendidas ante la Corregiduría, Notaria, Juez Municipal o Circuito o Juzgado de Familia, del Domicilio del cotizante que compruebe la convivencia.
  • Certificado de soltería de ambos, expedido por el registro civil con fecha de expedición no mayor de (60) días.
  • Declaración Jurada expedida por el esposo el cual establezca que su compañera o concubina convive y depende económicamente de él.

Observaciones

El solicitante puede solicitar su carné en cualquiera de las Agencias Administrativas de la Caja de Seguro Social.

Localización

Dirección

Edificio Bolívar, puerta 108, planta baja, Departamento de Afiliación.

Agencia en la Ciudad Capital oen el interior de la República, según corresponde, de acuerdo a la ubicación geográfica en que opere.

Teléfono:

Departamento de Afiliación: 503-2095.
Centro de Contactos: 800-0277.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:13 pm.

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