Es el acto formal de incorporación de la compañera o concubina que conviva con el asegurado cotizante y depende económicamente de él.
Requisitos
Básicos
- No debe existir impedimento legal para contraer matrimonio y que haya convivido por lo menos 9 meses lo cual deberá comprobarse ante la Institución.
- La concubina o compañera deberá depender económicamente del asegurado si la misma no cotiza en la Caja de Seguro Social.
- Carné de Seguro Social del Compañero o Concubino.
- Cédula original de ambos.
- Tres (3) declaraciones Extrajuicio rendidas ante la Corregiduría, Notaria, Juez Municipal o Circuito o Juzgado de Familia, del Domicilio del cotizante que compruebe la convivencia.
- Certificado de soltería de ambos, expedido por el registro civil con fecha de expedición no mayor de (60) días.
- Declaración Jurada expedida por el esposo el cual establezca que su compañera o concubina convive y depende económicamente de él.
Observaciones
El solicitante puede solicitar su carné en cualquiera de las Agencias Administrativas de la Caja de Seguro Social.
Localización
- Institución: Caja de Seguro Social
- Departamento: Trámites para Asegurados
Dirección
Edificio Bolívar, puerta 108, planta baja, Departamento de Afiliación.
Agencia en la Ciudad Capital oen el interior de la República, según corresponde, de acuerdo a la ubicación geográfica en que opere.
Teléfono:
Departamento de Afiliación: 503-2095.
Centro de Contactos: 800-0277.
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:13 pm.
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