Autorización de Permiso de Importación de Artículos Exonerados y Exoneración del Impuesto al Consumo de Combustible y Derivados de Petróleo

Las empresas que se dedican a la actividad bananera en el país, pueden llevar a cabo una solicitud de Permiso de Importación de Artículos Exonerados y Solicitud de Exoneración del Impuesto al Consumo de Combustible y Derivados de Petróleo, de acuerdo a lo establecido en la Ley No.16 de 18 de junio de 1993 y la Ley 13 de 12 de febrero de 1998.

Requisitos

Empresa productora y exportadora de banano

  • Ser empresa productora y exportadora de banano.
  • Aprobación mediante Resuelto Ministerial, para acogerse a los beneficios que otorga la Ley 13 de 12 de febrero de 1998.

Base legal

Ley No.16 de 18 de junio de 1993 y la Ley 13 de 12 de febrero de 1998.

Localización

Dirección

Ave. Ricardo J. Alfaro, Plaza Edison, Dirección Nacional del Banano
Teléfono: (360-0679

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:16 pm.

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