Aprobación emitida por la Junta de Control de Juegos, a través de una Resolución, para la celebración de una promoción comercial, en la que los participantes dependan de la suerte o el azar para adquirir los premios ofrecidos. Se entienden incluidas las promociones de canje o de premios instantáneos, cuando los participantes dependan de la suerte para hacerse acreedores a los premios y las promociones donde el ganador se determina por el sorteo de la Lotería Nacional de Beneficencia.
Requisitos
Persona Jurídica
- Certificación Actualizada expedida por el Registro Público cuando el Representante Legal sea una persona jurídica.
Básicos
- Poder (Notariado) y Memorial de solicitud mediante apoderado legal, en papel habilitado con ocho (8) balboas en timbres, dirigido a la Junta de Control de Juegos. Dicha solicitud debe contener, sin limitarse, la siguiente información:
- Detalle de la mecánica de la promoción comercial, señalando cómo se obtienen los boletos o la forma de participación.
- Señalar el término de duración de la promoción comercial, el cual no podrá ser superior a un (1) año.
- Descripción de los premios ofrecidos y el valor de mercado de cada uno.
- Señalar la cantidad de boletos que se emitirán y el nombre de la imprenta que confeccionará los boletos, de ser el caso.
- Certificado de Registro Público (Original).
- Señalar la fecha, hora y dirección completa de la celebración de la tómbola o sorteo.
Observaciones
Seis (6) días hábiles.
Base legal
Decreto Ley Nº2 de 10 de febrero de 1998, publicado en la Gaceta Oficial Nº23,484 de 17 de febrero de 1998 y Resolución Nº59 de 26 de julio de 1999, publicada en la Gaceta Oficial Nº23,873 de 27 de agosto de 1999.
Localización
- Institución: Ministerio de Economía y Finanzas
- Departamento: Junta de Control de Juegos
Dirección
Avenida Perú, Calle N°35, Este, Edificio de Finanzas, Piso 2 y 7.
Teléfonos
507-7903
Correos Electrónicos:
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:16 pm.
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