Autorización para Importación de Fuegos Artificiales y Productos Pirotécnicos

Este servicio consiste en la autorización que otorga el Ministerio de Gobierno y Justicia, a través de esta Dirección, para la importación de una determinada mercancía en este caso productos pirotécnicos al territorio nacional. Este resuelto se le denomina Numérico y cada vez que desee importar nuevamente mercancía al territorio nacional, debe tramitar un nuevo resuelto numérico, que lo autorice a traer el material solicitado.

Requisitos

Persona Natural

  • Cédula de Identidad Personal Vigente.
  • Petición en papel habilitado por intermedio de abogado señalando Poder y solicitud de autorización para ejercer la actividad. Adherir B/.4.00 en Timbres Fiscales, por cada hoja en el poder y la solicitud.
  • Copia simple del Resuelto Genérico otorgado por este Ministerio.
  • Catálogo, panfleto o folleto en español, alusivo a la mercancía a importar, traducido por una persona idónea.
  • En la solicitud, debe detallar las especificaciones de la mercancía a importar, describir el uso del material que se importa y la dirección y nombre de la empresa exportadora.
  • Copia simple de la Licencia del Pirotécnico otorgada por el Cuerpo de Bomberos.
  • Resolución del Cuerpo de Bomberos donde se aprueba la importación, se certifica que los depósitos de almacenaje de los pirotécnicos son adecuados para ese propósito y certifican al personal para el manejo de pirotécnicos.

Persona Jurídica

  • Cédula de Identidad Personal Vigente.
  • Petición en papel habilitado por intermedio de abogado señalando Poder y solicitud de autorización para ejercer la actividad. Adherir B/.4.00 en Timbres Fiscales, por cada hoja en el poder y la solicitud.
  • Certificado original y vigente a la fecha del Registro Público de la empresa.
  • Copia simple del Resuelto Genérico otorgado por este Ministerio.
  • Catálogo, panfleto o folleto debidamente traducido al español. (esta traducción debe ser hecha por un traductor idóneo).
  • En la solicitud, debe detallar las especificaciones de la mercancía a importar, describir el uso del material que se importa y la dirección y nombre de la empresa exportadora.
  • Copia simple de la Licencia del Pirotécnico otorgada por el Cuerpo de Bomberos.
  • Resolución del Cuerpo de Bomberos donde se aprueba la importación, se certifica que los depósitos de almacenaje de los pirotécnicos son adecuados para ese propósito y certifican al personal para el manejo de pirotécnicos.

Localización

Dirección

Dirección Institucional en Asuntos de Seguridad Pública.
Balboas, El Prado, Calle Las Cruces, Edificio 746

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:16 pm.

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