Autorización para la Importación de Material Explosivo

Este servicio consiste en la autorización que otorga el Ministerio de Gobierno y Justicia, a través de esta Dirección, para la importación de una determinada mercancía en este caso material explosivo al territorio nacional. Este resuelto se le denomina Numérico y cada vez que desee importar nuevamente mercancía al territorio nacional, debe tramitar un nuevo resuelto numérico, que lo autorice a traer el material solicitado.

Requisitos

Persona Natural

  • Cédula de Identidad Personal Vigente.
  • Petición en papel habilitado por intermedio de abogado señalando Poder y solicitud de autorización para ejercer la actividad. Adherir B/.4.00 en Timbres Fiscales, por cada hoja en el poder y la solicitud.
  • Copia simple del Resuelto Genérico otorgado por este Ministerio.
  • Copia simple de la Licencia del Explosivista.
  • Catálogo, panfleto o folleto en español, alusivo a la mercancía a importar, traducido por una persona idónea.
  • En la solicitud, debe detallar las especificaciones de la mercancía a importar, describir el uso del material que se importa y la dirección y nombre de la empresa exportadora.

Persona Jurídica

  • Cédula de Identidad Personal Vigente.
  • Petición en papel habilitado por intermedio de abogado señalando Poder y solicitud de autorización para ejercer la actividad. Adherir B/.4.00 en Timbres Fiscales, por cada hoja en el poder y la solicitud.
  • Certificado original y vigente a la fecha del Registro Público de la empresa.
  • Copia simple del Resuelto Genérico otorgado por este Ministerio.
  • Catálogo, panfleto o folleto debidamente traducido al español. (esta traducción debe ser hecha por un traductor idóneo).
  • Copia simple de la Licencia del Explosivista.
  • En la solicitud, debe detallar las especificaciones de la mercancía a importar, describir el uso del material que se importa y la dirección y nombre de la empresa exportadora.

Localización

Dirección

Dirección Institucional en Asuntos de Seguridad Pública.
Balboa, El Prado, Calle Las Cruces, Edificio 746

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:16 pm.

Trámites Relacionados