Es la aprobación emitida por la Junta de Control de Juegos, específicamente por la Secretaría Ejecutiva, a través de una Resolución, para operar aquel juego de azar en el cual una persona adquiere una acción numerada por un período preestablecido de duración, que le permite ganar bienes muebles, inmuebles o servicios, si su acción numerada coincide con los números de la Lotería Nacional de Beneficencia., previo el pago de la cuota semanal. El accionista podrá obtener los bienes muebles, inmuebles o servicios ofrecidos al finalizar el período de duración de su club, aunque su acción numerada no haya sido favorecida por el sorteo de la Lotería Nacional de Beneficencia, siempre y cuando haya cumplido con el pago de todas las cuotas del respectivo contrato.
Requisitos
Persona Jurídica
- Aviso de Operación.
- Certificación Actualizada expedida por el Registro Público cuando el Representante Legal sea una persona jurídica.
Básicos
- Paz y Salvo Nacional para personas Jurídicas.
- Expedido por el Ministerio de Economía y Finanzas para certificar que el solicitante está a Paz y Salvo de sus impuestos sobre la renta.
- Poder (Notariado) y Memorial de solicitud mediante apoderado legal, en papel habilitado con ocho (8) balboas en timbres, dirigido a la Junta de Control de Juegos. Dicha solicitud debe contener, sin limitarse, la siguiente información:
- Dos formatos preliminares del Contrato de Club que se desea operar, presentado en muestra de imprenta.
- Fianza de garantía a favor de la Junta de Control de Juegos, la cual debe corresponder al 25% de la suma total de dinero solicitada para operar el Club.
- Libro denominado "Depósito y Retiro de Clubes", debidamente enumerado, el cual será sellado por la Junta de Control de Juegos.
- En caso de que el registro sea a través de "software" solicitar inspección.
Observaciones
Ocho (8) días hábiles.
Base legal
Resolución Nº 059 de 26 de Julio de 1,999, Gaceta Oficial 23,873.
Localización
- Institución: Ministerio de Economía y Finanzas
- Departamento: Junta de Control de Juegos
Dirección
Junta de Control de Juegos del Ministerio de Economía y Finanzas.
Asesoría Legal.
Ave.Perú, Calle N° 35 Este, Edificio de Finanzas, Piso 2 y 7,Provincia de Panamá.
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
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Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:16 pm.
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