Autorización para Operar como Aseguradora Cautiva

Trámite a través del cual se expide una licencia para operar como aseguradora cautiva.
Usted puede encontrar información detallada en la siguiente dirección: Ley de aseguradoras cautivas Nº.60 de 29 de julio de 1996.

Requisitos

Sociedades Nuevas

  • Proyecto de pacto social.

Básicos

  • Poder y solicitud mediante abogado.
  • Referencias bancarias y personales de los accionistas o de la Casa Matriz.
  • Informe técnico que contenga: Ramos de seguros en los que la empresa pretende operar, riesgos particulares que asegurará o reaseguradora la empresa, programa de reaseguro, de ser el caso.

Base legal

LEY No. 60 de 29 de julio de 1996.

Localización

Dirección

Área Bancaria, Superintendencia de Seguros y Reaseguros
Teléfono: 214-7484

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:16 pm.

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