Autorización para Operar como Compañía de Seguros

Trámite a través del cual se expide una autorización pra operar como compañía de seguros una vez se cumplan con los requisitos que se detallan a continuación. Una vez autorizada la protocolización del pacto social, en notaría y la inscripción en el Registro Público, el solicitante deberá presentar en un término máximo de noventa (90) días los documentos relacionados a: Certificado con los datos de Inscripción expedido por el Registro Público*, en caso de empresas ya constituidas, un Estado de Situación con cierre a un máximo de noventa (90) días calendario anteriores a la fecha de la solicitud, debidamente certificado por contadores públicos autorizados independientes e idóneos en la República de Panamá.**

Requisitos

Sociedad extranjera

  • Certificación de que ha sido debidamente autorizada para operar una sucursal en la República de Panamá en los ramos a los que se dedica en su país de origen.

Sociedad Nacional

  • Borrador del pacto social en la cual debe constar el nombre, objetivos, directores, dignatarios, representante legal, domicilios, capital autorizado, emisión de las acciones nominativas, agente residente, suscriptores y demás elementos.
    • Debe ser confeccionado por un abogado.

Básicos

  • Poder y solicitud mediante abogado.
  • Certificación de los accionistas o socios de la empresa, firmada por el Secretario o Tesorero de ésta. Si los accionistas o socios son personas naturales dueñas de las acciones o cuotas sociales.
  • Presentar documentación sobre la composición de la Junta Directiva, con las respectivas hojas de vida y cartas de referencia.
  • Póliza y planes de seguros, notas técnicas actuariales que sustenten las tarifas de todos los ramos de seguros en que operará; los valores garantizados de los seguros de vida y la descripción de los procedimientos del cálculo de la reserva matemáti.
  • El programa de reaseguro con que la empresa solicitante inicia operaciones.
  • Un estudio de factibilidad, que comprenda un análisis del mercado y que proyecte los objetivos de la empresa solicitante a corto, mediano y largo plazo.
  • Las empresas que soliciten autorización para operar, deberán constituir en efectivo un capital mínimo de B/. 2,000,000.00. El cual deberá mantenerse en todo momento libre de gravámenes.
  • Certificado con los datos de Inscripción expedido por el Registro Público.

Localización

Dirección

Área Bancaria, Superintendencia de Seguros y Reaseguros
Teléfono: 214-7484

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:16 pm.

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