Cambio de Residencia del Programa 120 a los 65

Si por alguna razón el beneficiario se muda a otra residencia deberá presentar el documento de su nueva residencia emitida por el tribunal electoral a la secretaria ejecutiva del programa B/.120.00 a los 65.

Requisitos

Básicos

  • Fotocopia de cédula del beneficiario y de la persona responsable que hace el cambio de residencia.
  • Certificación de Residencia emitido por el Tribunal Electoral.
  • Si el beneficiario no acude personalmente, traer carta de autorización firmada por el beneficiario.

Base legal

Ley N° 86 de 2010 Artículo 6.

Localización

Dirección

Plaza Edison, Panamá, Cuarto Piso, Oficina #25, Teléfono/s: +(507) 500-6078 / 5896

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 20 de Agosto de 2019 a las 04:51 pm.

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