Cancelación por Fusiones de Sociedades

Toda Fusión de Sociedad deberá ser comunicada por escrito a la Dirección General de Comercio Interior, dentro de los treinta (30) días calendarios a su inscripción en el Registro Público, a los fines de que ésta proceda a cancelar las Licencias o Registros de las Sociedades accesorias.

Requisitos

Básicos

  • Poder a favor del abogado.
  • Licencia o Registro Comercial.
  • Certificado expedido por el Registro Público, referente a la inscripción del Convenio de Fusión.
  • Copia de la notificación hecha a la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas del respectivo Convenio de sociedades.
  • Solicitud en formulario suministrado por la Dirección General de Comercio Interior, donde se enuncia la Fusión.

Localización

Dirección

Ave. Ricardo J. Alfaro, Plaza Edison, 2do piso, Dirección General de Comercio Interior
Teléfono: +(507) 560-0706

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:18 pm.

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