Certificaciones Varias

Expedir a los trabajadores o sindicatos interesados cuando así lo requieran, las certificaciones sobre su existencia y representación legal, condición de afiliados, directivos, representantes sindicales o sobre la existencia de la respectiva organización sindical.

Requisitos

Persona Natural

  • Debe traer una nota solicitando la certificación, presentando la original y dos copias de la nota de solicitud firmada por el solicitante, Presidente o Secretario General del Sindicato con su sello respectivo.

Persona Jurídica

  • Debe traer un poder notariado otorgado por un abogado, y una nota solicitando la certificación, presentando la original y una copia de la nota de solicitud firmada por el abogado.

Base legal

El Manual de procedimiento, Resolución Nº DM-001d e 7 de enero de 2015 Artículo 356, Capítulo III, Título I, del Código de Trabajo. (Subrogado por el artículo 44 de la Ley No. 44 de 12 de agosto de 1995). Convenios de la OIT sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), y Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) mediante las siguientes leyes: Ley N° 45 del 2 de febrero de 1967 y la Ley N° 23 de 1 de febrero de 1966.

Localización

Dirección

Oficina central del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral en Plaza Edison, Vía Ricardo J. Alfaro, 5to Piso

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:22 pm.

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