Concesión Administrativa de Bienes Inmuebles Nacionales

Este servicio tiene como propósito otorgar en concesión administrativa Bienes Inmuebles Nacionales en áreas inadjudicables y por un tiempo determinado de acuerdo con la Ley 35 (22 mts de ribera de Playa, Área Inadjudicable).

Requisitos

Básicos

  • Memorial de Solicitud dirigido a la Autoridad Nacional de Administración de Tierras.
    • En papel blanco bond, 8 1/2×13 o 14, a doble espacio, en el que conste el nombre del solicitante, generales, número de finca, ubicación y descripción exacta del área solicitada.
  • Certificado original del registro público.
  • Plano original y cinco (5) copias.
  • Estudio de Impacto Ambiental (No se requiere si el área es menor a 1 Ha).
  • Estudio de Factibilidad (En los casos en que desarrollen proyectos).

Persona Jurídica

  • Poder Notariado otorgado a un Abogado Idóneo.
  • Certificación Original de la Personería jurídica donde conste la vigencia de la sociedad, directores, dignatarios y su representante legal, expedido por el Registro Público, con vigencia de 90 días.
  • Fotocopia de cédula de identidad personal vigente del representante legal de la persona jurídica o de la persona designada.
  • Acta de la Junta Directiva autorizando al Representante Legal de la Sociedad u otra persona para realizar la tramitación.

Persona Natural

  • Personalmente su petición, y hacerlo constar en el Centro de Atención al Usuario o en la Oficina Regional respectiva.
  • Ser representado por un abogado, y su rúbrica deberá estar autenticada por Notario Público.
  • Principales Requisitos en cuanto al Terreno.
    • Que el terreno sea adjudicable (no sea finca privada, área protegida, territorio indígena, manglar, servidumbre, estero, zona costera, territorio insular y similar)
      Que no exista oposición o el mismo haya sido resuelto por la autoridad competente.
      Que esté dedicado a la actividad agraria, forestal o a la vivienda rural.
      Que no esté reservado para un proyecto de desarrollo gubernamental o de utilidad pública o interés social.
      Que ninguna de dichas personas posea tierras, o que las que posea cumplan con la función social..

Observaciones

Luego de cumplidos todos los requisitos y aprobado el proyecto acuícola por el MIDA, este remite todo el Expediente a la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI), para formalizar el contrato de concesión de la tierra, previo a la aceptación del canon de concesión. Costos:

  • Inspección Ocular de parcelas del Estado: B/.10.00.
  • Valor del Bien: De acuerdo al avalúo del MEF y Contraloría.
  • En caso de Concesiones Albinas el canon de concesión es de B/.6.00 por hectárea.
  • Manejo de documentos: B/. 200.00.
  • Fianza de Cumplimiento: 10% del monto total del contrato.
  • Timbres Fiscales: Según Ley.

Base legal

Ley 35.

Localización

Dirección

P.H. Dorado Mall,Piso 2,El Dorado, Panamá.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:24 pm.

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