Concesión de Radio y/o Televisión (SCB)

Trámite a través del cual se lleva a cabo una concesión de radio y/o televisión

Requisitos

Persona Natural

  • Récord policivo del país de origen.
  • Fotocopia autenticada de la cédula.
  • Referencias Bancarias.
  • Certificación de gremios tales como la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura, Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresas, Sindicato de Industriales de Panamá, entre otros.
  • Declaración jurada firmada por el solicitante.

Persona Jurídica

  • Certificado del Registro Público donde conste el Representante Legal y la vigencia de la Empresa.
  • Referencias Bancarias.
  • Certificación de gremios tales como la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura, Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresas, Sindicato de Industriales de Panamá, entre otros.
  • Declaración jurada firmada por el solicitante.
  • Declaración Jurada individual de cada uno de los directores y dignatarios de la sociedad.
  • Copia autenticada del Pacto Social.

Básicos

  • Fotocopia autenticada del Aviso de Operación.
  • Llenar correctamente el formulario de solicitud SCB-903.
  • Llenar correctamente el formulario de solicitud SCB-904.

Observaciones

En caso tal de extranjeros, la certificación correspondiente debe ser expedida por gremios de prestigios del país de origen. Valor del servicio:
Anualmente debe efectuarse el pago de B/.100.00 por la concesión de radio. En caso de una concesión de televisión, la suma de B/.1000.00 por cada canal.

Base legal

Ley No.24 de 30 de junio de 1999 y el Decreto Ejecutivo No.189.

Localización

Dirección

Vía España, Edificio Office Park, Ciudad de Panamá.
Apartado Postal: 4931, Zona 5 Panamá.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:24 pm.

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