Contrato de Permiso de Operacion

El contrato de Operación es un renta de Propiedad Privada acordada entre arrendador y el arrendatario. La autorización debe ser otorgada por la Gerencia General de la Zona Libre de Colón de acuerdo a la resolución No.04-92 del 25 de marzo de 1992. * Si la empresa tiene menos de 6 meses de existencia podrá presentar referencias a nombre del representante legal o de empresas del mismo grupo de económico. ** Si la empresa se encuentra establecida se encontrará eximida de la presentación de estos requisitos. Nota: Cualquier documento público emitido en el exterior, deberá estar debidamente autenticado o apostillado si el país donde se emite el documento es suscriptor del Convenio de La Haya. No se recibirán solicitudes incompletas.

Requisitos

General

  • Completar el formulario de Contrato de Permiso de Operación.
  • Fotocopia del Contrato de Arrendamiento Privado con las firmas autenticadas por una Notaría Pública.
  • Certificado del Registro Público Original de la empresa interesada (en caso de empresas establecidas fotocopia) y fotocopia del Certificado del Registro Público de la empresa arrendadora con no más de tres (3) meses de vigencia.
    • En ambos casos, debe constar la representación legal y los poderes otorgados.
  • Fotocopia autenticada del pacto social de la empresa **.
  • Fotocopia de la cédula de identificación personal o del pasaporte, según sea el caso, del Representante Legal de ambas partes (arrendador y arrendatario).
  • Una carta de Referencia Comercial del Solicitante (arrendatario) **.
  • Una carta de Referencia Bancaria del Solicitante (arrendatario). **.
  • Declaración Jurada del Representante Legal de la empresa que desea contratar con la Zona Libre de Colón y del Gerente General (arrendatario).
  • Paz y Salvo de la Zona Libre, del Arrendador y Arrendatario (expedido por el Departamento de Contabilidad).
  • Paz y Salvo Nacional (arrendatario).

Localización

Dirección

Colón, Cuidad de Colón. Edificio Harbour View, 2do piso, Departamento Legal

Ver ubicación en el mapa.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:26 pm.

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