La redistribución es la acción en la cual se divide el monto por desembolsar entre los períodos de pago que realiza el Instituto, a fin de que el estudiante pueda recibir las nuevas sumas durante el período que le hace falta para culminar sus estudios. Redistribución del monto por desembolsar por culminación anticipada de estudios: El prestatario que, durante el periodo de estudios, se gradúe antes de la fecha de vencimiento del contrato, el mismo se dará por terminado. Redistribución del monto por desembolsar por cambio en los pagos: El IFARHU podrá conceder cambio en la forma de los pagos durante el periodo de estudios, previa solicitud del estudiante o el representante legal.
Requisitos
Redistribución del Monto por Desembolsar
- Nota solicitando la redistribución, dirigida a la Dirección de Crédito Educativo o al Departamento de Seguimiento Académico.
- Copia de recibo de matrícula.
- Créditos académicos.
- Certificación del centro de estudio donde señale la nueva fecha de terminación de la carrera.
- Certificación del centro de estudios con el saldo pendiente y saldo para terminar la carrera.
- El prestatario debe firmar una adenda al contrato original.
Redistribución del monto por desembolsar por culminación anticipada de estudios
- Nota solicitando la redistribución, dirigida a la Dirección de Crédito Educativo o al Departamento de Seguimiento Académico.
- Certificación del centro de estudio donde señale la nueva fecha de terminación de la carrera.
- Certificación del centro de estudios con el saldo pendiente.
- El estudiante debe firmar una adenda al contrato original.
Redistribución del monto por desembolsar por cambio en los pagos
- Solicitud escrita del estudiante o representante legal dirigida a la Dirección de Crédito Educativo o al Departamento de Seguimiento Académico, donde justifique las causas del cambio.
- Si ha cancelado a la Universidad debe presentar copia de los recibos o certificación del centro donde señale que está Paz y Salvo con el mismo.
- El estudiante debe firmar una adenda al contrato original.
Observaciones
El prestatario podrá solicitar una sola vez, la redistribución del monto por desembolsar ante las siguientes situaciones:
- Por atraso en sus estudios siempre y cuando mantenga un índice igual o superior a 1.00 y matricule la cantidad de materias que contempla el plan de estudios. Se exceptúan las carreras del área médica u otras especiales, donde los centros de estudios solos les permiten matricular la materia en la cual obtuvo fracaso, por lo cual debe presentar certificación de la universidad que avale esta situación.
- Por cambio de carrera, cuando el plan de estudios varíe.
Base legal
Ley No. 1 de 11 de enero de 1965, (Modificada por las Leyes 45 del 25 de julio de 1978, 23 de 29 de junio de 2006, 55 de 14 de diciembre de 2007 y 60 de 3 de agosto de 2011) Artículo 2, literal g, Artículo 9, literal d y e, Artículos del 16 al 25.
Reglamento de Crédito Educativo, aprobado por el Consejo Nacional del IFARHU mediante la Resolución No. 28 de 12 de diciembre de 2006 (G.O. 25710) modificada por las resoluciones:
No. 114 de 24 de marzo de 2010.
No. 134 de 21 de marzo de 2011.
No. 182 de 2 de agosto 2013.
No. 202 de 17 de marzo de 2015
Localización
- Institución: Instituto para la Formación y Aprovechamiento de los Recursos Humanos
- Departamento: Departamento de Seguimiento de Crédito
Dirección
Dep. de Seguimiento de Crédito.
Avenida Ramón Arias, Calle Primera El Carmen.
Edificio Unicorp Business Plaza.
Piso 8.
Dirección de IFARHU
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:27 pm.
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