Defunción del Beneficiario del Programa Ángel Guardián

En caso del fallecimiento del Beneficiario, el Representante Legal podrá recibir y utilizar el desembolso si se encuentra en el período de pago correspondiente para los pagos funerarios. Esto se deberá notificar en la oficinas del MIDES(Programa Ángel Guardián), en un plazo no mayor de treinta días hábiles del fallecimiento.

Requisitos

Básicos

  • Fotocopia de Cédula del Beneficiario y Representante Legal.
  • Presentar el Certificado de Defunción del Beneficiario.

Base legal

La Ley N° 39 de 14 de junio de 2012 Crea un programa especial de asistencia económica para las Personas con Discapacidad Severa en condición de dependencia y pobreza extrema.

Localización

Dirección

Plaza Edison, Panamá,

Segundo Piso, Estacionamientos.

Teléfono/s: +(507) 500-6075, +(507) 500-5867, +(507) 500-1225

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:27 pm.

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