La querella será presentada por escrito a través de apoderado judicial.
Requisitos
Apoderado Judicial
- Datos de identidad, domicilio, firma del querellante y del apoderado judicial.
- Datos de identidad y el domicilio del querellado o, si se ignoran, cualquier descripción que sirva para identificarlo.
- Una relación clara, precisa y circunstanciada del hecho, con indicación del lugar y el momento en que se ejecutó, si se sabe.
- Los hechos y motivos en que se funda la acción civil y la cuantía provisional del daño cuya reparación se pretende.
- Los elementos de prueba que se ofrezcan, indicando en su caso los datos que permitan llevar adelante su práctica.
- Si se trata de testigos o peritos, además de los datos personales y el domicilio, se deberán indicar los hechos sobre los que estos serán examinados o requeridos..
- La presentación deberá acompañarse con una copia del escrito para cada querellado.
Base legal
Ley 38 de 31 de julio de 2000 y de la Ley 63 de 28 de agosto de 2008
Localización
- Institución: Procuraduría de la Administración
- Departamento: Secretaría de Procesos Judiciales
Dirección
Calle 34, Ave. Cuba, La Exposición Antiguo Palacio de Artes.
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:30 pm.