Estructuras Temporales

La instalación de estructuras temporales, tales como plantas de cemento, trituradores, grúas, montacargas, bomba de concreto, formaletas hidráulicas, procesadores y cualquier estructura comercial o industrial que se ubique en zonas compatibles con los usos de suelo vigentes, deberá ser revisada y registrada por la DOYC mediante permiso escrito.

Requisitos

Particular

  • Presentar solicitud en hoja simple (tamaño legal) dirigido al Director de la DOYC.
    • Indicar en la Solicitud:
    • Nombre y ubicación del proyecto.
    • Datos del propietario del equipo.
    • Modelo.
    • Marca y número de serie del equipo.
    • Sello y firma del profesional responsable por parte del solicitante (ingenieros civiles o arquitectos) y de la empresa propietaria del equipo.
  • Copia de la Hoja No. 1 del plano revisado y registrado.
    • La Hoja debe Indicar:
    • Ubicación a escala del equipo y área de carga y descarga de materiales, a escala.
    • En casos de grúas, indicar el arco de giro.
  • Certificación técnica de un profesional que contenga la siguiente información:
    • Memoria de Cálculo de la Estructura.
      Los cimientos, arriostres, apuntalamiento, anclajes, cargas, capacidad de suelo, contrapeso con su respectivo cálculo y detalle. Capacidad de carga deben ser verificados y certificados por un profesional idóneo en el diseño estructural.
    • Fotos de la construcción de la base estructural de los equipos, con memoria y sello por el profesional civil responsable.
  • Los sistemas de control, sistemas eléctricos y dispositivos de seguridad deben ser verificados y certificados por un profesional idóneo de ingeniería eléctrica.
  • Presentar certificación de la medición de la puesta a tierra sellada y firmada por un profesional responsable en la rama de electricidad.
  • Fotos de la medición de la puesta a tierra.
    • La cual debe ser un valor en ohmios, que cumpla con el reglamento de instalaciones eléctrica RIE, sellado profesional responsable.
  • Mecánica. El estado de los engranajes, cremalleras, retenedores, frenos mecánicos, sistemas hidráulicos, pernos, tipo de aceites, grasas utilizadas, ejes, cojinetes y niveles de temperatura en todos los dispositivos sujetos a movimientos.
    • Deben ser verificados y certificados por un profesional responsable de la ingeniería mecánica, mecánico industrial y electromecánico e incluir el plan y registro de mantenimiento.
  • Cuando los equipos sean propiedad de las empresas constructoras.
    • Se debe cumplir con lo establecido en el numeral 3 anterior y además, debe contar con el manual del equipo. Sin embargo, estas certificaciones deberán realizarse empresas particulares y/o profesionales idóneos independientes a la empresa constructora.
  • Cuando los equipos sean alquilados por empresas que se dediquen a este tipo de instalaciones.
    • Deberán contar con profesionales responsables que certifiquen las condiciones del equipo en las tres áreas del requisito No. 4 anterior: Estructura, Electricidad y Mecánica. Además debe contar con el manual del equipo.
  • Se deberá presentar ficha técnica y la misma estará refrendada por el representante legal de la empresa propietaria del equipo.
  • Paz y Salvo municipal de la empresa propietaria del equipo.
  • Copia del permiso de construcción vigente a la etapa a construir.
  • Copia del registro de la JTIA de la empresa constructora que solicita el permiso.
  • En la edificaciones en las que haya de usarse grúas o montacargas o brazos de concreto, se deberá presentar una memoria técnica con sus cálculos estructurales (contrapesos, anclajes, apuntalamiento, tensores, entre otros).
    • También se deberá presentar un croquis con la ubicación del equipo donde se indiquen los giros de los brazos, pluma y contra pluma. Queda entendido que no se permitirá que el contrapeso circule fuera de la línea de propiedad (cargas sobre los transeúntes, residencias o vehículos, entre otros).
    • Junto con el croquis deberá acompañarse una copia de la certificación técnica de funcionamiento expedida por un especialista o empresa sobre las condiciones del equipo, sistema eléctrico, mecanismos de seguridad y de la estructura, ficha técnica donde se indique la capacidad de la misma y el tamaño máximo de balde del vaciado a usar, suministrado por el fabricante de la misma. El original de esta certificación y ficha técnica deberá reposar en todo momento en el lugar de la obra, las que deben ser actualizadas cada seis meses.

Observaciones

Vigencia: Seis (6) meses. Quince días hábiles antes del vencimiento de este término.

El interesado deberá solicitar por escrito renovación del permiso, la que estará sujeta a la aceptación de la DOYC.

Emisión Presentados los documentos requeridos para la obtención del permiso para la instalación de estructuras temporales, la DOYC realizará la revisión y registro en un término no mayor de diez (10) días hábiles.

Base legal

Acuerdo 281 de 6 de diciembre de 2016.

Localización

Dirección

Dirección de Obras y Construcciones.

Edificio Hatillo, entre Ave. Justo Arosemena y Cuba y entre calles 35 y 36 Este. Corregimiento de Calidonia. República de Panamá.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 20 de Agosto de 2019 a las 09:51 am.

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