Estudios de Impacto Ambiental Categoría III

Documento de análisis aplicable a los proyectos incluidos en la lista taxativa prevista en el artículo 14 del decreto ejecutivo no. 59 de 16 de marzo de 2000, cuya ejecución puede producir impactos ambientales negativos de significación cuantitativa o cualitativa, que ameriten un análisis más profundo para evaluar los impactos y para proponer el correspondiente Plan de Manejo Ambiental. El propósito de este estudio es garantizar una adecuada y fundada predicción, identificación e interpretación de los impactos ambientales que genere el proyecto, como asi mismo la idoneidad técnica de las medidas propuestas para evitar, reducir, corregir, compensar y controlar los impactos adversos significativos.

Requisitos

Particular

  • Memorial petitorio dirigido al Administrador General del Ambiente (MIAMBIENTE).
    • Memorial es un escrito dirigido a la autoridad competente.
  • Copia del certificado de inscripción en el Registro Forestal.
  • Una descripción del proyecto, en sus diferentes etapas de planificación, construcción, operación y abandono, incluyendo las acciones que podrían tener impactos ambientales significativos.
  • Un resumen que permita la comprensión amplia de los resultados obtenidos en el Estudio de Impacto Ambiental Categoría III para el proyecto evaluado.
  • Una identificación, análisis, valorización y jerarquización de los impactos positivos y negativos de carácter significativamente adverso derivados de la construcción, operación y abandono del proyecto, si este último procediese.
  • Un Plan de Manejo Ambiental que identifique todas las medidas que el Promotor del proyecto considera realizar para mitigar los impactos ambientales negativos significativamente adversos identificados en el Estudio.
  • Un plan de participación ciudadana que demuestre el involucramiento informado de la población en las diferentes etapas de elaboración del Estudio de Impacto Ambiental. El Estudio de Impacto Ambiental Categoría III debe contener, además, las observac.
  • La identificación del equipo de profesionales y funciones, señalando su nombre, profesión y cargo desempeñado durante la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental. El equipo debe estar compuesto por un grupo multidisciplinario de profesionales ca.
  • Los anexos que permitan corroborar la información generada para la realización de actividades y tareas del equipo de profesionales y que está contenida en el Estudio de Impacto Ambiental, como también de otros antecedentes de interés que sean útile.
  • Los antecedentes del área de influencia del proyecto o línea de base, que incluya los parámetros ambientales solamente en la medida que representen los impactos ambientales negativos y positivos significativamente adversos asociados al proyecto.

Observaciones

Las actividades, obras o proyectos, públicos o privados, que por su naturaleza, características, efectos, ubicación o recursos pueden generar riesgo ambiental, requerirán de un estudio de impacto ambiental previo al inicio de su ejecución, de acuerdo con la reglamentación de la presente Ley. Estas actividades, obras o proyectos, deberán someterse a un proceso de evaluación de impacto ambiental, inclusive aquellos que se realice; en la cuenca del Canal y comarcas Indígena.

Base legal

Artículo 14 del decreto ejecutivo no. 59 de 16 de marzo de 2000.

Localización

Dirección

Dirección Nacional de Evaluación y Ordenamiento Ambiental.
Sede Principal Edificio 804 Albrook, Panamá.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:30 pm.

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