Evaluación de Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA's)

El Proceso de Evaluación de Auditorías Ambientales y Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA´s) es regulado mediante el Decreto Ejecutivo Nº57 del 10 de agosto del 2004, publicado en la Gaceta Oficial Nº25,115 del 13 de agosto del mismo año,“Por el cual se reglamentan los artículos 41 y 44 del capítulo IV del Título IV, de la Ley 41 de 1 de julio de 1998, General de Ambiente de la República de Panamá”. Dicho reglamento es aplicable a todas las empresas tanto, privadas, públicas o mixtas, cuyas actividades representen un riesgo a la salud humana o al ambiente. Las Auditorías Ambientales podrán ser obligatorias o voluntarias y deberán ser elaboradas por auditores ambientales, personas naturales o jurídicas, independientes de la empresa y debidamente inscritas en el Registro de Auditores Ambientales que lleva el Ministerio de Ambiente (artículo 8, D.E. No. 57-2004).

Requisitos

Particular

  • Documentos para Presentación del Informe de Auditoría Ambiental.
    • Resumen ejecutivo
      Generalidades de la empresa
      Descripción de las actividades y operaciones unitarias
      Descripción Ambiental y área de influencia
      Aspectos Legales
      Percepción Comunitaria
      Identificación, evaluación y caracterización de aspectos e impactos ambientales
      Evaluación de Riesgos Asociados a salud y ambiente
      Descripción de los hallazgos
      Anexos.
  • Documentos para Presentación del Plan de Auditoría Ambiental.
    • Generalidades
      Objetivos y alcance
      Información de la actividad
      Equipo Auditor
      Aspectos Legales
      Ejecución de la Auditoría.
  • Documentos para Presentación del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental.
    • Identificaciones generales
      Plan de Adecuación
      Plan de Producción Más Limpia
      Plan de Prevención de Accidentes
      Plan de Contingencias
      Plan de Monitoreo Ambiental
      Cronograma de Cumplimiento.

Observaciones

Duración del trámite: 30 días hábiles.

Base legal

Es regulado mediante el Decreto Ejecutivo Nº57 del 10 de agosto del 2004, publicado en la Gaceta Oficial Nº25,115 del 13 de agosto del mismo año,“Por el cual se reglamentan los artículos 41 y 44 del capítulo IV del Título IV, de la Ley 41 de 1 de julio de 1998, General de Ambiente de la República de Panamá”

Localización

Dirección

Dirección Nacional de Protección de la Calidad Ambiental.
Departamento de Adecuación y Manejo Ambiental.
Albrook, Edificio 804.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:30 pm.

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