Requisitos para trámitar exoneraciones para Turistas Extranjeros Jubilados o Pensionados en el Extranjero y Rentistas Retirados.
Requisitos
Rentistas retirados o turistas pensionados
- Cédula de Identidad Personal Vigente.
- El conocimiento de embarque.
- Para los efectos fiscales el conocimiento de embarque debe extenderse a nombre del consignatario de las mercaderías, a fin de poder establecer la persona que debe pagar los impuestos con que están gravadas y para poder hacerla responsable en casos de contrabando o fraude.Cuando el conocimiento de embarque se extienda a la orden o a nombre de una persona natural o jurídica para que notifique el documentos al destinatario de las mercancías, ésta se considerará como consignatario para los efectos del inciso anterior.
- Llevar Factura Comercial Original.
- Papel membretado de la empresa con su dirección y teléfono. Debe estar juramentada por el exportador. Además debe contener cantidad, peso y descripción de la mercancía y su valor unitario total.
- Orden de Entrega del Recinto.
- Si es vehìculo.
- Declaración y Liquidación de Aduanas.
- VºBº Correspondiente, segùn la Naturaleza de la Mercancìa.
- Carta de la Compañía en la cual demuestre cuanto devenga de jubilación.
- Paz y Salvo Nacional para personas Naturales.
- Expedido por el Ministerio de Economìa y Finanzas para certificar que el solicitante està a Paz y Salvo de sus Impuestos sobre la Renta.
- Nota de Solicitud de Exoneraciòn por parte de Servicio de Migracìon y Naturalizaciòn.
- Si es vehìculo.
- Si es Panameño, Documento que conste que la persona ha residido por mas de dos años en el Extranjero.
- Fotocopia del carnet de Jubilado o Pensionado si es Extranjero.
- Fotocopia del Pasaporte del Extranjero.
- Certificaciòn bancaria que certifique el monto de la cuenta bancaria que genera los intereses para acogerse a Rentista.
- Si el vehìculo viene del Extranjero, debe presentar el titulo de Propiedad.
Observaciones
Pueden importar un vehículo cada dos (2) años, Pagando el 5% del Impuesto Selectivo al consumo y 7% de I.T.B.M.S. y por una sola vez pueden introducir efectos personales de hasta B/. 25,000.00
Base legal
Ley 9 del 24 de junio de 1987.
Localización
- Institución: Autoridad Nacional de Aduanas
- Departamento: Exoneraciones
Dirección
Autoridad Nacionalde Aduanas
Ave. Dulcidio González, Edificio 1009, Curundu, Panamá, República de Panamá.
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:31 pm.
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