Trámite mediante el cual se realiza el Cambio de Junta Directiva.
Requisitos
Cambio de Junta Directiva
- Completar el Formulario de Cambio de Junta Directiva.
- Memorial o nota notificando a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos del cambio de Directores y/o Dignatarios en la Junta Directiva, firmada por el Representante Legal de la sociedad.
- Certificación emitida por el Registro Público donde consten los miembros de la sociedad concesionaria.
- Como sus Directores, Dignatarios, Representante Legal y/o Apoderados y tipo de Acciones (Nominativas), con una vigencia no inferior a tres (3) meses.
- Copias autenticadas de las cédulas de identidad personal y/o pasaportes del Representante Legal y de los nuevos Directores y Dignatarios de la sociedad concesionaria, según sea el caso.
- Declaración Jurada firmada por el Tesorero de la sociedad concesionaria, donde indique la distribución de las acciones de la sociedad.
- Declaración Jurada del Representante Legal de la sociedad concesionaria donde indique que cumplen con lo establecido en los artículos 14 y 15 de la Ley N°.24 de 30 de junio de 1999.
- Declaración Jurada de los nuevos Directores y Dignatarios de la sociedad concesionaria donde indiquen que no han sido condenados en el ámbito Nacional e Internacional.
- Por la comisión de delitos dolosos y que no se encuentran inhabilitados para contratar con el gobierno.
- Referencias Bancarias de cada uno de los nuevos Directores y Dignatarios de la sociedad donde se indique: Capacidad Financiera, Solvencia Económica, Facilidad de Crédito.
- Certificación emitida por gremios tales como.
- La Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura, Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresas, Sindicato de Industriales de Panamá, Asociación Panameña de Radiodifusión entre otros, de cada uno de los nuevos Directores y Dignatarios, que señale que son personas reconocidas en la administración de empresas en la República de Panamá.
- Paz y Salvo emitido por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos.
Base legal
Ley No.24 de 30 de junio de 1999 y el Decreto Ejecutivo No.189, que regulan Radio y Televisión.
Localización
- Institución: Autoridad Nacional de los Servicios Públicos
- Departamento: Dirección Nacional de Telecomunicaciones
Dirección
Vía España, Edificio Office Park, Ciudad de Panamá.
Apartado Postal: 4931, Zona 5 Panamá.
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:32 pm.
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