Incorporación de Edificios al Régimen de Propiedad Horizontal para Edificios de mas de 20 años

Es el servicio que se brinda a promotores y propietarios que desean incorporar sus edificios al régimen de propiedad horizontal. Una vez cumplidos los requisitos y especificaciones de orden técnico se realiza una inspección e informe técnico.

Requisitos

Persona Jurídica

  • Certificado del Registro Público donde conste el Representante Legal y la vigencia de la Empresa.

Básicos

  • Reglamento de Copropiedad.
  • Planos Originales del inmueble.
    • A incorporarse aprobados por las autoridades competentes.
  • Certificado del Registro Público en papel sellado o habilitado, donde se indique la inscripción del inmueble y su propietario actual.
    • Debe indicar: medidas, linderos, superficie y descripción de las mejoras.
  • Informe técnico firmado por un Ingeniero Civil en donde conste que el edificio se encuentra en buenas condiciones de habitabilidad memorial en papel habilitado suscrito no por menos de 75% de los ocupantes del inmueble aceptando la compra de su respecti.
  • Recibo de pago al impuesto municipal de construcción.
    • Donde conste el valor de la edificación.
  • Solicitud formal dirigida a la Dirección General de Desarrollo Urbano, cumpliendo con los requerimientos de la Resolución 46-94 del 16 de marzo de 1994, la Resolución 7-94 del 13 de enero de 1994 y la ley 13 de 28 de abril de 1993.
  • Copia autenticada del permiso de ocupación expedido por la dirección de Obras y Construcciones Municipales o por la autoridad municipal competente.

Observaciones

Costo: 1/10 del uno por ciento del valor de construcción declarado para los efectos del impuesto Municipal. Duración del trámite: 30 días hábiles. Este trámite esta dirigido a: Abogados/asistentes, inversionistas, prop. Fincas

Localización

Dirección

Dirección de Desarrollo Urbano, Departamento de la propiedad horizontal
Ave. Ricardo J. Alfaro, Edificio Plaza Edison, Cuarto Piso
Telefono: 279-9270 279-9278

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:34 pm.

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