La Dirección Nacional de Farmacia y Drogas y la Dirección de Aduanas, junto con el regente del establecimiento farmacéutico importador o con el corredor de aduanas, verificarán que las facturas para la importación de medicamentos, productos farmacéuticos e insumos para la salud sujetos a Registro Sanitario consigne los siguientes datos:
Requisitos
Particular
- Nombre Comercial.
- Forma farmacéutica.
- Presentación.
- Número de Registro.
- Número de Lotes.
- Identificación del empaque por lote de producción y fecha de vencimiento del medicamento.
Productos Biológicos
- Cuando se trata de productos farmacéuticos derivados de sangre humana y otros productos biológicos, se exigirá por cada lote de fabricación, sin perjuicio de lo señalado en los requisitos, un certificado análitico.
Observaciones
Una vez cumplido los requisitos, la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas autorizará la liberación del embarque de aduanas.
Base legal
Ley No. 1 de 10 de enero de 2001, Gactea No. 24,218
Localización
- Institución: Ministerio de Salud
Dirección
Calle Gorgas, Edificio #265, planta baja.
Dirección Nacional de Farmacia y Drogas, Departamento de Registro Sanitario
Corregimiento de Ancón, Distrito de Panamá.
Central telefónica: +(507)512-9100
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:34 pm.
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