Para poder acogerse a los beneficios tributarios a que se refiere la Ley según decreto ejecutivo no. 89, el cual reglamenta la ley 24 de incentivos a la reforestación, la persona natural o jurídica que se dedique exclusivamente a las actividades de reforestación, manejo, aprovechamiento de plantaciones forestales, producción de material vegetativo (viveros), investigación forestal o industrialización forestal.
Requisitos
General
- Memorial petitorio en papel simple, firmado por un profesional idóneo.
- Cuando fuere del caso; expresando el nombre completo o la razón social, el domicilio y demás generales del solicitante y de representante legal, cuando fuese del caso; los datos de localización de la finca y los de inscripción en el Registro Público (independiente de que se trate de propietarios, poseedores e arrendatarios); el número de árboles sembrados o plantados, las especies, la fecha de la siembra o plantación y la extensión de terreno reforestada.
- Fotocopia de la cédula, si es persona natural, o certificación de la existencia, vigencia y representación legal expedida por el Registro Público, si es persona jurídica.
- Hoja cartográfica a escala 1:50000 demarcando la finca, en caso de que tenga una extensión mayor de cien (100) hectáreas.
- Informe técnico de inspección realizada por MIAMBIENTE.
- (Anteriormente ANAM). Y, además, para extensiones mayores de dos (2) hectáreas certificación de un profesional forestal, declarando haber revisadas y aprobadas técnicamente el proyecto forestal a desarrollarse.
- Título o certificado de propiedad de derechos posesorios o arrendatarios.
- Programa anual de importación de los bienes muebles e insumos.
- El programa de importación podrá ser modificado, con le aprobación de MIAMBIENTE (anteriormente ANAM).
Base legal
Decreto Ejecutivo No. 89 Ley 24 de Incentivos a la Reforestación.
Localización
- Institución: Ministerio de Ambiente
- Departamento: Dirección de Gestión Integrada de Cuencas Hidrográficas
Dirección
Ministerio de Ambiente. Dirección de Gestión Integrada de Cuencas Hidrográficas. Albrook – Edificio 804 piso 2.
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
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Asistencia: Trámite Express
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Última actualización el 20 de Agosto de 2019 a las 10:34 am.
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