Licencia de Operación a Farmacias Públicas y Privadas

Este Servicio tiene como propósito, expedir Licencia de Operación a Farmacias Pública y Privadas a nivel nacional, para la venta al detal de los productos farmacéuticos.

Requisitos

Persona Natural

  • Llenar correctamente el formulario de Solicitud de Licencia de Operación de Establecimientos Farmacéuticos Farmacias. Esta solicitud debe ser habilitada con Bl.4.00 en Timbres Fiscales.
  • Cédula del Regente Farmacéutico.
  • Cédula del Regente Farmacéutico de turno.
  • Cédula del representante legal o propietario.
  • Certificación de horario de la otra empresa, firmada por su jefe inmediato.
    • Este requisito se presenta cuando el regente farmacéutico tiene otro empleo.
  • Certificado de Registro Público con seis (6) meses de vigencia.
    • Este requisito se presenta cuando el establecimiento es una Sociedad Anónima (SA).
  • Aviso de Operaciones.

Persona Natural que solicita la Licencia de Operación a Farmacias Públicas y Privadas de otro ciudadano.

  • Llenar correctamente el formulario de Solicitud de Licencia de Operación de Establecimientos Farmacéuticos Farmacias. Esta solicitud debe ser habilitada con Bl.4.00 en Timbres Fiscales.
  • Cédula del Regente Farmacéutico.
  • Cédula del Regente Farmacéutico de turno.
  • Cédula del representante legal o propietario.
  • Cédula o pasaporte del apoderado.
  • Poder firmado y notariado.
  • Certificación de horario de la otra empresa, firmada por su jefe inmediato.
    • Este requisito se presenta cuando el regente farmacéutico tiene otro empleo.
  • Certificado de Registro Público.
  • Aviso de Operaciones.

Observaciones

Los locales nuevos ó aperturas deben aprobar la inspección sanitaria que realiza la Dirección de Farmacias y Drogas.

Base legal

Fundamentado en la Ley #1 del 10 de enero de 2001.

Localización

Dirección

Calle Gorgas, Edificio #265, planta baja
Corregimiento de Ancón, Distrito de Panamá
Teléfono/s: Central telefónica: +(507) 512-9100,
Departamento de Farmacias y Drogas: +(507) 512-9163.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:37 pm.

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