Licencia de Operación del Clúster de Agenciamiento

  • Agenciamiento Naviero.

Requisitos

Agenciamiento Naviero

  • Un memorial dirigido al Administrador de la Autoridad Marítima de Panamá, solicitando la Licencia de Operación que contenga la siguiente información.
    • Datos Generales: Datos generales del representante legal: nombre completo, número de cédula, domicilio, números de teléfonos, apartado postal y correo electrónico.

      Datos generales de la empresa: nombre de empresa, domicilio, números de teléfonos, proporcionar No. De R.U.C. inscrito en la DGI, apartado postal y correo electrónico.

      Objeto de la licencia de operación.

      Descripción de las actividades a desarrollarse.

      Detallar áreas marítimas y portuarias donde se pretende proveer el servicio.

      Fecha en la que estima estar en capacidad de iniciar operaciones o fecha a partir de la cual presta el servicio en caso de que se encuentre operando.

      Valor de la inversión que el interesado realiza o propone hacer. En caso de que la solicitud vaya a desarrollarse en etapas, la descripción de cada una y fecha estimada de inicio de las respectivas operaciones.

  • Poder notariado con número de teléfono, fax, domicilio y correo electrónico del apoderado especial.
    • Dicho poder debe tener la firma del poderdante y la del apoderado, cumpliendo con las formalidades que exige el Código Judicial de la República de Panamá.
  • Copia de cédula del Representante Legal o su Apoderado.
  • Certificado original vigente, expedido por el Registro Público, en el que conste: representante legal, directores, dignatarios y capital autorizado de la sociedad.
  • Copia de la licencia comercial o aviso de operación expedida por el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI).
  • Certificación de la Caja de Seguro Social como patrono registrado en el sistema.
  • Nota Importante.
    • Deberá presentar además una fianza de cumplimiento y una póliza de responsabilidad civil, cuando la Autoridad Marítima de Panamá se lo solicite.
      En atención a la Resolución J.D. No. 062-2015 de 14 de octubre de 2015, publicada en Gaceta Oficial No. 27902 de 2 de noviembre de 2015, debe realizar un pago de tasa única de inspección, correspondiente a la tarifa establecida para cada tipo servicio marítimo auxiliar.
      La empresa deberá presentar estadísticas de la actividad los diez (10) primeros días en una Periodicidad trimestral, estas estadísticas deberán ser reportadas a los siguientes correos:[email protected]@amp.gob.pa.
      Para información adicional o consulta, contactar al Departamento de Concesiones a los teléfonos 501-5122 / 501-5123.

Observaciones

Acceso directo a los requisitos de Licencia de Operaciones de Agenciamiento en PDF:

  • Agenciamiento Naviero: http://www.amp.gob.pa/newsite/spanish/puertos2/ima/archivos/AGENCIAMIENTO%20NAVIERO/jd%20027/AGENCIAMIENTO%20NAVIERO.pdf

Base legal

Resolución JD No. 027-2008.

Localización

Dirección

Edificio 5534, Diablo Heights.P.O. Box: 8062 Panamá 7, República de Panamá.Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares.Subdirección de Industrias Marítimas AuxiliaresDepartamento de Concesiones.

Ver ubicación en el mapa.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 20 de Agosto de 2019 a las 11:29 am.

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