Licencias de Corredores de Bienes Raíces

Expedición de Licencias de Corredores de Bienes Raíces, tanto a Personas Naturales como Personas Jurídicas.

Requisitos

Persona Natural

  • Cédula de Identidad Personal Vigente.
  • Dos fotos tamaño carné.
  • Examen de conocimientos en materia de corredor de bienes raíces.
  • Pago por la confección del Certificado.

Persona Jurídica

  • El Presidente o Representante Legal de la Sociedad Anónima deberá tener Licencia de Corredor de Bienes Raíces a Título Personal.
  • Copia simple de la Licencia de Corredor de Bienes Raíces del Presidente o Representante Legal de la Sociedad Anónima autenticada por la Junta Técnica de Bienes Raíces. Se deben adhieren B/. 4.00 en Timbres Fiscales.
  • Certificado de Vigencia emitido por el Registro Público, en el cual se acredite la existencia legal de la sociedad, sus directores y dignatarios, vigencia de la misma, y agente residente.

Básicos

  • Poder a favor del abogado.
  • Fianza emitida por cualquier compañía de seguros por la suma de Diez Mil Balboas (B/. 10,000.00) a favor del Ministerio de Comercio e Industria.
  • El Abogado deberá presentar solicitud formal de la Licencia.
  • B/.25.00 en timbres fiscales.

Observaciones

Tiempo aproximado del trámite: hasta 30 días hábiles.

Localización

Dirección

Plaza Edison, segundo piso, Junta Técnica de Bienes Raíces
Teléfono: +(507 )560-0706

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:38 pm.

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