Nuevo Suministro

Trámite que solicita el cliente para contar con los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario.

Requisitos

Persona Natural

  • Copia de escritura o certificación actualizada del Registro Público.
    • La cual deberá contener los datos de inscripción, área de la finca, linderos y generales del propietario.
  • Fotocopia de documentos de identificación del propietario (cédula o pasaporte).
    • En el caso de ser un tercero, debe contar con carta de autorización firmada del propietario, la firma del que tramita y fotocopia de ambas cédulas.
  • Carta del Promotor (si se trata de un inmueble nuevo).
    • La carta debe contener:

      Nombre del propietario.

      No. Cédula del dueño de la propiedad, si es Panameño o No. del Pasaporte, si es Extranjero.

      Dirección completa:

      Nombre de la Provincia, Distrito, Corregimiento y Barrio
      No. Sector, si el barrio tiene Sector;
      Nombre o No. Calle;
      No. Casa o No. Apartamento;
      No. Piso;
      Nombre del Condominio o PH;
      No. Finca Real.

Persona Jurídica

  • Certificación actualizada del Registro Público que contenga todos los datos de la finca o copia reciente de la escritura de la propiedad.
  • Copia del pacto social de Persona Jurídica propietaria del inmueble.
  • Copia de la cédula del Representante legal.

Tramitador

  • Carta de autorización extendida por autoridad competente.
    • Si la solicitud la realiza un tenedor o poseedor, se debe contar con una carta con los siguientes datos:

      Nombre del tenedor o poseedor
      Número de cédula
      Dirección completa (lote, vivienda, calles, etc.)
      Nombre del sector (barrio, urbanización u otros)
      Superficie, medidas y linderos del lote
      Número de teléfono, apartado postal u otros
      Tipo de tenencia o posesión.

Observaciones

Trámite que solicita el cliente para contar con los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario. Metas del Ente Regulador de los Servicios Públicos con relación a los Nuevos Suministros 1. Tiempo de instalación para las solicitudes de conexión Objetivo: Establecer el tiempo máximo admisible en que el prestador debe proceder a atender las solicitudes de conexión para el suministro de agua potable. a. Cuando las tuberías estén ubicadas frente al inmueble: a.1 Si la conexión solicitada ya existe; es decir, sólo hay que conectar al cliente o usuario. a.2 Si la conexión solicitada no existe y es necesario construir la instalación desde la línea de propiedad del inmueble hasta la tubería principal. TIEMPO MAXIMO Tipo de Sistema Con Conexión Existente Sin Conexión Existente Sistema 1 (Mayor de 20,000 conexiones) Dos (2) días Quince (15) días Sistema 2 (Mayor de 5,000 y hasta 20,000 conexiones) Dos (2) días Quince (15) días Sistema 3 (Hasta 5,000 conexiones) Tres (3) días Quince (15) días b. Cuando las tuberías no estén ubicadas frente al inmueble: b.1 Si el inmueble del cliente que solicita la conexión está ubicado cerca de la tubería en donde deber conectado, de acuerdo a la tabla de abajo. b.2 Si el inmueble del cliente que solicita la conexión está ubicado lejos de la tubería en donde deber conectado, de acuerdo a la tabla de abajo. Tipo de Sistema Ubicación Tiempo Máximo Permisible Ubicación Tiempo Máximo Permisible Sistema 1 (Mayor de 20,000 conexiones) A menos de 100 metros 25 días De 100 hasta 500 metros 45 días Sistema 2 (Mayor de 5,000 y hasta 20,000 conexiones) A menos de 70 metros 25 días De 70 hasta 350 metros 45 días Sistema 3 (Hasta 5,000 conexiones) A menos de 40 metros 25 días De 40 hasta 250 metros 45 días

Base legal

INSTITUTO DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADOS NACIONALES RESOLUCION DE JUNTA DIRECTIVA NO. 45 – 2015 “Por medio de la cual se aprueban el “PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE” LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADO NACIONALES CONSIDERANDO: Que mediante Ley No.77 del 28 de diciembre de 2001, se “Reorganiza y moderniza el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN) y se dictan otras disposiciones”. Que a través de la Resolución No. 27-2005 de 28 de julio de 2005 la Junta Directiva aprobó el Reglamento del Servicio al Cliente del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN). Que en virtud de la naturaleza de los servicios que presta el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), es de imperiosa necesidad establecer el PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 22, artículo 7 de la referida Ley, corresponde a la Junta Directiva aprobar los Reglamentos internos que fijan mecanismo de subsidio, normas de calidad y de atención a los clientes.

Localización

Dirección

Cualquier agencia de Atención al Cliente a nivel nacional.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:40 pm.

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