Obtener información del Ministerio de la Presidencia

Toda persona tiene derecho a solicitar la información de acceso público en poder o en conocimiento de las instituciones del Estado de acuerdo al artículo 43 de la Constitución Política de la República y a la Ley 6 de 22 de enero de 2002.

Requisitos

General

  • Remitir una comunicación dirigida al ministro de la Presidencia.
    • Carta Modelo
      Los datos solicitados en la carta modelo pueden completarse a máquina o presentarse de forma manuscrita. En caso de tratarse de una nota manuscrita, solicitamos se utilice letra imprenta.

Observaciones

La comunicación debe ser entregada en la oficina de correspondencia del ministerio, en calle 4ta., barrio de San Felipe, ciudad de Panamá, o enviada en formato digital por correo electrónico a [email protected] Toda petición, consulta o queja que se dirija a la autoridad por motivos de interés social o particular deberá presentarse de manera respetuosa, y no se podrán usar, en los escritos respectivos expresiones indecorosas, ofensivas o irrespetuosas (art. 41 de la Ley 38 de 31 de 2000). La información definida en la Ley como confidencial no podrá ser divulgada, bajo ninguna circunstancia por los agentes del Estado (art. 13 de la Ley 6 de 2002). La autoridad ante quien se dirija la petición deberá proferir la resolución correspondiente, dentro de los treinta días siguientes a su presentación, salvo los supuestos de excepción establecidos en la Ley (art. 40 de la Ley 38 de 2000). El Ministerio de la Presidencia tiene de acuerdo a la Ley 6 de 2002, treinta (30) días calendario a partir de la fecha de la presentación de la solicitud, para dar respuesta por escrito y, en caso de que ésta no posea el o los documentos o registros solicitados, así se informará. Por otro lado, si se tiene conocimiento de que otra institución tiene o pueda tener en su poder lo peticionado, el Ministerio indicará esta circunstancia al solicitante. Si por el contrario la solicitud resulta compleja o extensa, se informará esta circunstancia por escrito dentro de los treinta (30) días calendarios, y la entidad podrá extender el término para recopilar la información solicitada por igual periodo adicional. Una vez se tenga la respuesta al solicitante, la información podrá ser retirada en la oficina de correspondencia del Ministerio, o podrá ser remitida mediante correo electrónico.

Base legal

Ley 6 de 22 de enero de 2002.

Localización

Dirección

Oficina de correspondencia del ministerio, en calle 4ta., barrio de San Felipe, ciudad de Panamá.
Correo electrónico: [email protected]

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:40 pm.