Los panameños residentes en Estados Unidos ya pueden adquirir el nuevo pasaporte electrónico acercándose al consulado más cercano. Los consulados de Panamá en Houston, Washington D.C., Miami y New York, cuentan con el sistema de enrolamiento que les permites a los usuarios adquirir este nuevo y moderno documento de viaje de forma más rápida y segura. Para el resto de los consulados, los solicitantes deberán realizar el trámite de manera habitual.
Requisitos
Mayor de Edad
- Solicitud de Pasaporte.
- Llenar Formulario (Descargarlo).
- Llenar Formulario de Huellas.
- Formulario de Huellas (Descargar Formulario).
- Copia de Cédula de identidad personal vigente.
- En caso de que su cédula se encuentre vencida, deberá solicitar a través del Consulado, una certificación al Tribunal Electoral (Dirección Nacional de Cedulación) y adjuntar a la documentación.
- Certificado de Nacimiento del solicitante, habilitado con tres balboas en timbres fiscales (B/.3.00).
- Cancelar el costo del pasaporte ordinario electrónico (B/.100.00).
Menor de Edad
- Solicitud de Pasaporte.
- Llenar Formulario (Descargarlo).
- Llenar Formulario de Huellas.
- Formulario de huellas (menores de 13 años no requieren cumplimentar este Formulario)(Descargar Formulario).
- Certificado de Nacimiento del menor, habilitado con tres balboas en timbres fiscales (B/.3.00).
- Cancelar el costo del pasaporte ordinario electrónico (B/.100.00).
- Comparecencia física de ambos padres con su identificación.
- En caso de que alguno de los padres, no pueda comparecer deberá presentar autorización para expedición del trámite de pasaporte, firmada y sellada por el Cónsul(Descargar Formulario).
En caso de ausencia permanente o paradero desconocido, el padre o madre solicitante, deberá presentar ante la Autoridad la copia autenticada de la Resolución Judicial debidamente ejecutoriada proferida por una Autoridad competente, que compruebe que ostenta la guarda y crianza del menor.
En ausencia de uno de los padres y que este último no sea de nacionalidad panameña, deberá presentar pasaporte vigente.
En caso de ausencia de ambos padres, éstos o quien ostente la guarda y crianza del menor autorice auna tercera persona para realizar el trámite de pasaporte deberá adjuntar nota de autorización firmada y sellada por el cónsul junto a la identificación de la persona autorizada(Descargar Formulario).
Jubilados
- Solicitud de Pasaporte.
- Llenar Formulario (Descargarlo).
- Formulario de Huellas y Fotografía.
- Formulario de Huellas y fotografía(Descargar).
- Copia de Cédula de identidad personal vigente.
- En caso de que su cédula se encuentre vencida, deberá solicitar a través del Consulado, una certificación al Tribunal Electoral (Dirección Nacional de Cedulación) y adjuntar a la documentación.
- Certificado de Nacimiento del solicitante, habilitado con tres balboas en timbres fiscales (B/.3.00).
- Cancelar el costo del pasaporte ordinario electrónico (B/.50.00).
Observaciones
Importante: Toda la documentación debe estar sellada y firmada por el Cónsul. No se aceptará documentación que no haya sido revisada por el Cónsul. Las fotografías (2) fotos tamaño pasaporte que cumplan con los requisitos de la OACI, que son los siguientes: 1. El fondo de la fotografía debe ser completamente blanco 2. La persona debe estar erguida y centrada mirando hacia la cámara 3. Las orejas deben estar visibles 4. Aretes pequeños 5. No se permiten ganchos o cintas sobre el cabello 6. En los hombres, los peinados no deben ser extravagantes 7. Las blusas no deben ser escotadas ni los hombros descubiertos 8. No piercing 9. No anteojos 10. Se acepta sonreír sin que se muestren los dientes. En el caso de las mujeres musulmanas, la OACI permite el uso de velo, sin que se cubra el rostro. En los caballeros, esta permitido el uso de turbantes. Adicional, se debe enviar un Money Order por el valor del pasaporte a tramitar a favor del Fondo Especial de Pasaportes. Los documentos son enviados vía courrier del consulado a la Autoridad de Pasaportes de Panamá, donde se canalizan al Departamento de Exterior, que se encarga de darle curso al trámite.
Base legal
Costos: Resolución No.03-APAP-JD de 13 de marzo de 2014.
Jubildados: LEY No. 6 de 16 de junio de 1987. Por la cual se adoptan medidas en beneficio de los ciudadanos Jubilados, Pensionados, de la Tercera y Cuarta Edad y se crea y reglamenta el impuesto de timbre denominado de Jubilados y Pensionados
Localización
- Institución: Autoridad de Pasaportes de Panamá
Dirección
Consulados de la República de Panamá en el exterior.
Horario de atención
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Orientación
Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.
Asistencia: Trámite Express
Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.
Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:40 pm.