Permiso de Construcción para Movimiento de Tierra o Terracería

Para obtener el permiso de construcción para movimiento de tierra o terracería, de acuerdo a los planos revisados y registrados conforme a lo establecido, el profesional o empresa constructora deberá cumplir con los requisitos establecidos.

Requisitos

Particular

  • Presentar solicitud en hoja simple tamaño legal dirigida al Director de DOYC.
    • En donde conste la descripción de la obra, la ubicación el lote, el registro de la propiedad (finca, tomo, folio o equivalente); y el nombre y cédula del propietario del terreno, firma y sello del profesional responsable y el valor de la obra. Deberá, además, describir el tipo de suelo, el método de ejecución y tiempo estimado de trabajo.
  • Contar con planos de movimiento de tierra o terracería debidamente revisado y registrado por la DOYC.
  • Adjuntar una reproducción heliográfica o fotostática o su equivalente acorde a los medios tecnológicos usados) del plano revisado y registrado.
    • En caso de que no repose la copia del plano revisado y registrado en los archivos de la DOYC deberá entregarse una copia adicional.
  • Acompañar a esta solicitud con el certificado de Paz y Salvo Municipal, y los permisos expedidos por DINASEPI del BCBRP y la Región Metropolitana de Salud.
  • Presentar copia del certificado de Inscripción vigente de la JTIA, en el caso de que el solicitante sea una empresa constructora.
  • Presentar copia de la certificación de la licencia de trámite expedida por la Junta Comunal del corregimiento respectivo.
    • Junta Comunal del corregimiento respectivo.
  • El interesado deberá obtener el Visto Bueno expedido por la Secretaría Técnica Legal de la DOYC.
    • El cual se otorgará cuando el propietario o interesado no tenga caso pendiente en dicho Departamento en el proyecto en el cual se solicita.
      Para los propósitos de este artículo, se considerará casos pendientes, la falta de atención de citas para audiencias, notificaciones y pago de multas.
      En aquellos casos en donde se haya interpuesto recursos legales y los mismos se encuentren pendientes de decisión por parte de la autoridad competente, no se negará el Visto Bueno solicitado.

Observaciones

Presentados los documentos requeridos para la obtención del permiso de construcción para movimiento de tierra o terracería, la DOYC establecerá el impuesto de construcción respectivo y en un término no mayor de cinco (5) días hábiles expedirá el permiso correspondiente una vez pagado dicho impuesto, conforme lo establecido en el Régimen Impositivo Municipal. Ver listado de Verificación para Permiso de Construcción de Movimiento de Tierra o Terracería

Base legal

Acuerdo 193 de 21 de diciembre de 2015.

Localización

Dirección

Dirección de Obras y Construcciones.

Edificio Hatillo, entre Ave. Justo Arosemena y Cuba y entre calles 35 y 36 Este. Corregimiento de Calidonia. República de Panamá.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:42 pm.

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