Permiso de Importación de Artículos Exonerados, Empresas con Contrato con la Nación Registro Oficial de la Industria Nacional

Beneficio Fiscal que tienen las empresas inscritas en el Decreto de Gabinete No. 413 de 30 de diciembre de 1970 y la Ley No.3 de 20 de marzo de 1986 para importar maquinarias, equipos, materias primas e insumos utilizados para su proceso productivo

Requisitos

Empresa Formal

  • Carta de Anuencia de la Empresa Productora.
  • Cotizaciones tanto Nacional como Internacional.
  • Nota de la Dirección General de Normas y Tecnología Industrial.
  • Nota a la Dirección General de Industrias.
  • Nota y copia de la Licencia Fito-Zoosanitaria de la Dirección de Cuarentena Agropecuaria del MIDA.
  • Sello de la ANAM en el formulario de permiso de importación de artículos exonerados.
  • Nota sello de la Dirección General de Recursos Marinos y Costeros de la Autoridad Marítima de Panamá en el formulario de permiso de importación de artículos exonerados.
  • Certificación de la Comisión de Licencias de Contingentes Arancelarios de la Secretaria Técnica.
  • Presentar vía electrónica formulario de permiso previo de Importación de Artículos Exonerados (Previo).

Observaciones

El primer usuario del Sistema es el Corredor de Aduanas y podrá presentar la solicitud en cualquier momento y día de la semana y la documentación solicitada se podrá suministrar vía fax al +(507) 360-0720 a los correos electrónicos [email protected], [email protected], [email protected] o mediante nota formal al Departamento de Fiscalización Industrial del MICI.

Localización

Dirección

Ave. Ricardo J. Alfaro, Plaza Edison, Tercer piso, Dirección General de Industrias
Teléfono: +(507) 560-0720

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:42 pm.

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