Permiso de Menores

La salida de menores de edad panameños o extranjeros del territorio nacional que se encuentren bajo cualquier categoría migratoria será permitida en los casos listados abajo. Para poder utilizar documentos emitidos en el extranjero en éste trámite, consultar los requisitos en el encabezado respectivo.

Requisitos

Menor de Edad

  • Si está acompañado de su padre y de su madre.
  • Si está acompañado por uno de sus progenitores y éste cuenta con la autorización escrita del otro debidamente autenticada por un notario público.
  • Si está acompañado por uno de sus progenitores y éste cuenta con la autorización del juez debidamente facultado para ello.
    • En caso del fallecimiento de uno de los progenitores, adicionará la certificación de defunción del ausente.
  • Si está acompañado de un tercero deberá presentar la autorización escrita de ambos progenitores, conforme se establece en los dos requisitos anteriores.
  • Si la persona menor de edad viaja sola deberá presentar la autorización escrita de ambos progenitores, conforme se establece en los requisitos anteriores.
    • En estos casos, además, se deberá presentar el original del certificado de nacimiento o copia debidamente autenticada o cédula juvenil y cédula de ambos padres.

Documentos Expedidos en el Extranjero Relacionados con Trámite Salida de Menores

  • Estar debidamente apostillados o autenticados por la Embajada o Consulado de Panamá en el país que los expidió y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.
  • De no existir consulado o embajada panameña en el país que lo emite, se debe acreditar tal situación y proceder a autenticarlo en la embajada o consulado de un país amigo.
  • Si los documentos han sido escritos en otro idioma, deberán ser traducidos al español por un traductor público autorizado.
  • Si se hace referencia a moneda extranjera deberá presentar la conversión donde se detalle su equivalente en dólares, emitida por una autoridad competente.

Base legal

Artículo 40 del Decreto Ley Nº 3 del 22 de febrero del 2008 – Ley 113 del 10 de diciembre del 2013.

Localización

Dirección

Vía Ricardo J. Alfaro, Panamá
Tumba Muerto, Al Lado de 3M

Directorio Telefónico

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:42 pm.

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