Permiso de Operación para Establecimientos de Hospedaje Público

Requisitos

Persona Natural

  • Cédula de Identidad Personal Vigente.

Persona Jurídica

  • Presentar pacto social.
    • Copia, el pacto social debe confeccionarlo un abogado. El Pacto Social debe contar con información general del nombre de la sociedad, actividad principal y secundarias a las cuales se dedicará, capital, domicilio, duración de la sociedad, Junta de Accionistas.
  • Certificación del registro Público que contenga información general de la sociedad.
  • Poder a favor del abogado.

General

  • Registro de la propiedad.
  • Copia del contrato de arrendamiento autenticado.
  • Certificado de Capital Social , refrendado por Contador Público Autorizado.
  • Del Estado copia de Resolución de Concesión otorgada por la autoridad competente recientemente.

Básicos

  • Hacer la solicitud escrita dirigida al Sr. Ministro de Turismo en papel simple.

Observaciones

Tiempo aproximado del trámite 1 mes.
En caso de que el establecimiento se construya en áreas protegida, Patrimonio Histórico u otras área en el que sea necesaria autorización previa, presentar copia de nota de la autoridad competente.

Los interesados en aplicar a dicha Ley deberán acercarse a la Dirección de Servicios e Inversiones Turísticas y solicitar la Documentación para dicho trámite.

Base legal

Ley Nª 8 de 14 junio de 1994

Localización

Dirección

Vía Israel, San Francisco.

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:42 pm.

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