Permiso para el Movimiento de Materiales

Aplica para el tránsito de todo equipo pesado que transporte materiales de construcción en la región de Panamá, asignado a proyectos constructivos temporales (que no se realiza de forma normal), o asignado a cualquier movimiento continuo desde un punto de origen a un punto de destino claramente identificado.

Requisitos

Público General

  • Nota dirigida a la Director(a) de la Dirección de Tránsito y Seguridad Vial.
    • Esta nota debe contener:
      -Nombre de la empresa, persona, institución responsable de la actividad o Tipo de Proyecto
      -Fecha y Hora
      -Teléfonos.
  • Listado de Números de Placas de Vehículos.
    • Lista de camiones o vehículos de carga a utilizar en el movimiento de materiales, con los números de placas correspondientes..
  • Trayectoria punto de origen y punto de destino (Plano Esquemático).
  • Copia del plano aprobado del proyecto por la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre.
  • Tipo de Material que desea movilizar y actividad de la empresa.
  • Permiso del Ministerio de Comercio e Industrias.
    • O en caso de canteras:
      Sólo para proyectos que movilizarán más de 5,000 m3.
  • Copia del Estudio de Impacto Ambiental.
    • O autorización de MiAmbiente:
      Sólo para proyectos que movilizarán más de 5,000 m3.

Observaciones

De no poder realizar la actividad en la fecha estipulada, el usuario deberá presentar solicitud de Prórroga a la Dirección de Tránsito y Seguridad Vial, adjuntando copia del permiso anterior.

Base legal

Ley 34 del 28 de Julio 1999 Capitulo N°1 Artículo N°2: "la autoridad tiene todas las funciones relacionadas con la planificación, investigación, dirección, supervición, fiscalización, operación y control de transporte terrestre en la República de Panamá…" Numeral N°23: "emitir las autoridades necesarias para los trabajos o actividades que se programen sobre las vías públicas, que afecten la administración y operación del tránsito y el transporte terrestre".

Localización

Horario de atención

El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Orientación

Para orientación y/o consultas sobre este trámite puede llamar gratis al Centro de Atención Ciudadana de Panamá al teléfono 311.

Asistencia: Trámite Express

Si requiere que nuestros abogados realicen este trámite (o cualquier otro) en su nombre, y ante cualquier entidad pública (o privada), llámenos al teléfono +(507) 1234-1234 o realice una solicitud de asistencia online.

Última actualización el 19 de Agosto de 2019 a las 07:43 pm.

Trámites Relacionados